Ley 1261 De 2008
República de Colombia
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
Diario oficial
Fundado el 30 de abril de 1864
www.imprenta.gov.co
Libertad y Orden
Año CXLIV No. 47.213
Edición de 180 páginas • Bogotá, D. C., miércoles 24 de diciembre de 2008 • Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112
Incluye DIarIo unIco De contratacIón PúblIca número 948
Poder Público – rama legislativa
LEY 1261 DE 2008
(diciembre 23)
por medio de la cual se aprueba el“Convenio entre la República de Chile y la República de Colombia para
evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio”,
y el“Protocolo del Convenio entre la República de Chile y la República de Colombia para evitar la doble
imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio”, hechos y
firmados en Bogotá, D. C., el 19 de abril de 2007.
El Congreso de la República
(Para ser transcritos: Se adjunta fotocopia del texto íntegro de los
Visto el texto del “Convenio entre la República de Chile y la Repú- instrumentos internacionales mencionados).
blica de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la
CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPU-
evasión fiscal en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio”, y del BLICA DE COLOMBIA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION
“Protocolo del Convenio entre la República de Chile y la República de Y PARA PREVENIR LA EVASION FISCAL EN RELACION AL
Colombia, para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal IMPUESTO A LA RENTA Y AL PATRIMONIO
en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio”, hechos y firmados
La República de Chile y la República de Colombia, deseando concluir
en Bogotá, D. C., el 19 de abril de 2007, que a la letra dice:
un Convenio para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión
(Para ser transcritos: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del ins- fiscal en relación a los impuestos a la renta y al patrimonio,
trumento internacional mencionado).
Han acordado lo siguiente:
PROYECTO DE LEY NUMERO 198 DE 2007 SENADO
AMBITO DE APLICACION DEL CONVENIO
por medio de la cual se aprueba el“Convenio entre la República de
Artículo 1°
Chile y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para
prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patri-
Personas comprendidas
monio”, y el“Protocolo del Convenio entre la República de Chile y la
El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de
República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir ambos Estados Contratantes.
la evasión fiscal en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio”,
Artículo 2°
hechos y firmados en Bogotá, D. C., el 19 de abril de 2007.
Impuestos comprendidos
El Congreso de la República
1. Este Convenio se aplica a los impuestos sobre la renta y sobre el
Visto el texto del “Convenio entre la República de Chile y la Repú- patrimonio exigibles por cada uno de los Estados Contratantes, cualquiera
blica de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la que sea el sistema de exacción.
evasión fiscal en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio”, y del
2. Se consideran impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio los
“Protocolo del Convenio entre la República de Chile y la República de que gravan la totalidad de la renta o del patrimonio o cualquier parte de
Colombia, para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal los mismos, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de
en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio”, hechos y firmados la enajenación de bienes muebles o inmuebles, los impuestos sobre el
en Bogotá, D. C., el 19 de abril de 2007, que a la letra dicen:
importe de sueldos o salarios pagados por las empresas, así como los
L I C I T A C I O N E S
impuestos sobre las plusvalías.
3. Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en
El DIARIO OFICIAL
particular:
Informa a las Entidades Oficiales, que se reciben sus órdenes
a) En Chile, los impuestos establecidos en la “Ley sobre Impuesto a
la Renta” (en adelante denominados “Impuesto chileno”), y
de publicación con dos (2) días hábiles de anticipación.
b) En Colombia:
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i) El Impuesto sobre la Renta y ComplementarioEdición 47.213