Ley 1266 De 2008
República de Colombia
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
Diario oficial
Fundado el 30 de abril de 1864
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Libertad y Orden
Año CXLIV No. 47.219 Edición de 252 páginas • Bogotá, D. C., miércoles 31 de diciembre de 2008 • Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112
Ministerio de Hacienda y crédito Público
Resoluciones
Que mediante Oficio número 2008-0000-15497-2 del 2 de octubre de 2008 y su res-
pectivo anexo, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, demostró la
RESOLUCION NUMERO 6368 DE 2008
conveniencia y justificación financiera de las operaciones que por la presente resolución se
autorizan y sus efectos sobre el perfil de la deuda;
(diciembre 29)
Que mediante Memorando número 6.7.1-3-2008-026487 del 2 de diciembre de 2008, la
por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca,
Subdirección de Riesgo de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional
CAR, para celebrar operaciones de manejo de deuda pública externa.
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dio visto bueno solamente a la realización
La Directora General de Crédito Público y Tesoro Nacional (A), en uso de sus facultades de las operaciones de manejo de deuda propuestas para los Créditos 852SF/CO contratado
legales, en especial de las facultades que le confieren el artículo 7° de la Ley 781 de 2002, con el BID y 3408345 contratado con KFW;
los artículos 5° y 27 del Decreto 2681 de 1993, las Resoluciones números 2650 del 12 de
Que mediante Resolución número 1495 del 2 de agosto de 2002, el Ministerio de Ha-
noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 6360 del 16 de diciembre de 2008
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y
cienda y Crédito Público, autorizó de forma general a las entidades estatales para suscribir
“Contratos Marco para la celebración de Operaciones de Derivados” y su respectivo “Su-
CONSIDERANDO:
plemento” con entidades autorizadas para proveer cobertura que se encuentren sometidas
Que el 7 de enero de 1986, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, para lo cual
celebró un contrato de empréstito externo con el Kreditanstalt Für Wiederaufbau (KFW deberán ceñirse estrictamente a los términos del modelo de “Contrato Marco para la ce-
- 3408345), por un monto de doce millones de marcos (DM 12.000.000) alemanes;
lebración de Operaciones con Derivados” y del Modelo de “Suplemento” aprobados por
Que el 29 de julio de 1991, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y
CAR, celebró un contrato de empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo Crédito Público. Igualmente, mediante Resolución número 385 del 12 de febrero de 2008,
(BID - 852 SF/CO), por un monto de veinte millones de dólares (USD$20.000.000) de los el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a la Corporación Autónoma Regional
Estados Unidos de América;
de Cundinamarca, CAR, para celebrar contratos “ISDA Master Agreements” y sus corres-
Que mediante Oficios números 2008-0000-15497-2 y 2008-0000-20252-2 del 2 de pondientes “Schedules” con agentes del exterior autorizados para proveer cobertura de
octubre y 12 de diciembre de 2008 respectivamente, la Corporación Autónoma Regional riesgos, previa la aprobación de los mismos por parte de la Dirección General de Crédito
de Cundinamarca, CAR, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
para realizar operaciones de cobertura cambiaria de los créditos en moneda extranjera a
Que es propósito de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del
cargo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, de que tratan los Ministerio de Hacienda y Crédito Público propender porque las entidades públicas hagan
considerandos anteriores, mediante la contratación de Cross Currency Swaps, Currency un manejo adecuado de su portafolio de pasivos externos, a fin de asegurar una gestión
Swaps y/o Forwards sucesivos;
eficiente del riesgo financiero de su endeudamiento,
Que el artículo 7° de la Ley 781 de 2002 establece que la gestión y celebración de los
RESUELVE:
actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demás normas concordantes por
Artículo 1°. Autorizar a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR,
parte de los entes universitarios autónomos, las corporaciones autónomas regionales y la para celebrar operaciones de manejo de deuda pública externa consistentes en la celebración
Comisión Nacional de Televisión se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades de Cross Currency Swaps, Currency Swaps y/o Forwards sucesivos, sobre los pagos por
descentralizadas del orden nacional;
concepto de servicio de la deuda de los Empréstitos externos KFW-3408345 y BID-852
Que el Capítulo VIII de la Resolución Externa número 8 de 2000 de la Junta Directiva SF/CO, como se presenta a continuación:
del Banco de la República, autoriza a los intermediarios del mercado cambiario y demás
residentes a celebrar operaciones de derivados financieros sobre tasas de interés, tasas de
FLUJO CREDITO KFW-3408345 EN EUR
cambio e índices accionarios, transadas con los intermediarios del mercado cambiario o con
FECHA
CAPITAL
INTERESES
agentes del exterior que realicen este tipo de operaciones de manera profesional;
31/12/2008
$153.387.56
$23.008.14
Que el artículo 5° del Decreto 2681 de 1993 establece que se constituyen en operaciones
30/06/2009
$153.387.56
$21.474.26
propias de manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la
31/12/2009
$153.387.56
$19.940.38
entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones,
30/06/2010
$153.387.56
$18.406.51
en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento;
31/12/2010
$153.387.56
$16.872.63
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 2681 de 1993, la celebra-
30/06/2011
$153.387.56
$15.338.76
ción de operaciones para el manejo de la deuda externa de entidades descentralizadas del
31/12/2011
$153.387.56
$13.804.88
orden nacional y de entidades territoriales y sus descentralizadas requiere autorización del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual se puede otorgar siempre y cuando se
30/06/2012
$153.387.56
$12.271.01
demuestre la conveniencia y justificación financiera de la operación y sus efectos sobre
31/12/2012
$153.387.56
$10.737.13
el perfil de la deuda, mediante documento justificativo de la operación, elaborado por la
30/06/2013
$153.387.56
$9.203.25
entidad estatal con base en las instrucciones de carácter general que imparta el Ministerio
31/12/2013
$153.387,56
$7.669.38
de Hacienda y Crédito Público;
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$6.135.50
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$4.601.63
L I C I T A C I O N E S
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$3.067.75
31/12/2015
$153.387.56
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El DIARIO OFICIAL
FLUJO CREDITO BID-852 SF/CO EN USD
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FECHA
CAPITAL
INTERESES
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