Ley 127 De 1994
(23 Febrero )
DIARIO OFICIAL NO. 41.236, DE 23 DE FEBRERO DE 1994. PAG. 1
"POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DEL ILUSTRE COLOMBIANO Y EXPRESIDENTE,
MANUEL ANTONIO SANCLEMENTE."
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- La Nación honra la memoria del Ilustre Colombiano,
Doctor MANUEL ANTONIO SANCLEMENTE y le rinde tributo de admiración; destaca
su profundo amor y dedicación a la justicia y pone como ejemplo a alas
generaciones presentes y futuras su insigne patriotismo y su proba rectitud
de ciudadano.
ARTICULO SEGUNDO.- La Nación constituirá una Comisión de honores para el
traslado de los despojos mortales del Doctor MANUEL ANTONIO
SANCLEMENTE,hasta la Ciudad de Buga, su tierra natal y en donde en mausoleo
especial situado en la plazoleta del recién restaurado Palacio de Justicia
sede del Tribunal Superior, que él fundara, reposarán.
ARTICULO TERCERO.- En el palacio de Justicia de Buga, donde reposarán los
despojos mortales del Expresidente, se exaltará y honrará su memoria en
forma permanente y en tumba se colocará una placa de mármol con la
siguiente inscripción: "EL CONGRESO DE LA REPUBLICA HONRA LA MEMORIA DEL
PRESIDENTE DE COLOMBIA, DOCTOR MANUEL ANTONIO SANCLEMENTE Y EXALTA SUS
VIRTUDES COMO DESTACADO CONDUCTOR E ILUSTRE REPUBLICO". La placa llevará la
fecha en que se sancione la presente Ley.
ARTICULO CUARTO.- Autorízase al Gobierno Nacional para realizar las
operaciones presupuestales que demande el cumplimiento de la presente Ley y
la realización de los Programas, Contratos y Actos Administrativos que se
llevarán a cabo para honrar la memoria del ilustre Expresidente Colombiano.
ARTICULO QUINTO.- La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA.
JORGE RAMON ELIAS NADER.
EL SECRETARIO DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA.
PEDRO PUMAREJO VEGA.
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES.
FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA DE REPRESENTANTES.
DIEGO VIVAS TAFUR.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Santafé de Bogotá, D.C., 23 de Febrero de 1994
EL MINISTRO DE GOBIERNO,
FABIO VILLEGAS RAMIREZ.
EL VICEMINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES
DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
HECTOR JOSE CADENA CLAVIJO