Ley 129 De 1994

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LEY 129 de 1994<br /> (4 de marzo )<br /> DIARIO OFICIAL NO. 41.254, DE 07 DE MARZO DE 1994. PAG. 1<br /> Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 442 años<br /> de la fundación de la benemérita ciudad de Ibagué, Capital del Departamento<br /> del Tolima, y se autorizan unas inversiones<br /> EL CONGRESO DE COLOMBIA,<br /> DECRETA:<br /> ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia complacida a la celebración de los 442<br /> años de fundación de la benemérita ciudad de Ibagué, que tuvo lugar el 14<br /> de octubre de 1992.<br /> ARTÍCULO 2o. Para celebrar dignamente los 442 años de fundación de la<br /> Hidalga Villa de San Bonifacio, la Nación se asocia con apoyo financiero<br /> para las siguientes obras:<br /> a.) Transferencia de recursos al municipio de Ibagué para la construcción<br /> de polideportivos, canchas de fútbol, de básquet y demás escenarios<br /> deportivos, inversión ésta que será ejecutada a través del municipio.<br /> b.) Transferencia de recursos con destino a construcción y reconstrucción<br /> de escuelas y colegios oficiales en la ciudad de Ibagué, inversión esta que<br /> se canalizará y ejecutará por intermedio del municipio.<br /> ARTÍCULO 3o. El Gobierno Nacional y específicamente el Ministerio de<br /> Hacienda, queda facultado para realizar las correspondientes operaciones<br /> presupuestales por intermedio del municipio.<br /> ARTÍCULO 4o. La presente Ley rige desde su promulgación.<br /> El Presidente del Honorable Senado de la República,<br /> JORGE RAMÓN ELÍAS NADER.<br /> El Secretario General del Honorable Senado de la República,<br /> PEDRO PUMAREJO VEGA.<br /> El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,<br /> FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR.<br /> El Secretario de la Honorable Cámara de Representantes,<br /> DIEGO VIVAS TAFUR.<br /> República de Colombia - Gobierno Nacional<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes<br /> de marzo de mil novecientos noventa y cuatro (1994).<br /> CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO.<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ.<br /> La Ministra de Educación Nacional,<br /> MARUJA PACHÓN DE VILLAMIZAR.