Ley 1308 De 2009
República de Colombia
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
www.imprenta.gov.co
Libertad y Orden
Año CXLIV No. 47.392
Edición de 60 páginas • Bogotá, D. C., viernes 26 de junio de 2009 •
I S S N 0122-2112
Incluye DIarIo unIco De contratacIón PúblIca número 1.040
Poder Público – rama legislativa
LEY 1308 DE 2009
(junio 26)
por medio de la cual se autorizan apropiaciones presupuestales para la ejecución de obras en el municipio
de El Dovio, departamento del Valle del Cauca, con motivo de la vinculación de la Nación y el Congreso
de la República al primer cincuentenario de su fundación.
El Congreso de Colombia
de cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos
DECRETA:
entre la Nación y el departamento del Valle del Cauca y/o el municipio
Artículo 1°. La República de Colombia y el Congreso de Colombia se de El Dovio.
vinculan a la celebración del cincuentenario de la fundación del municipio
Artículo 4°. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
de El Dovio en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplieron
El Presidente del honorable Senado de la República,
el día primero (1°) de febrero de 2007.
Hernán Andrade Serrano.
Artículo 2°. A partir de la promulgación de la presente ley y de confor-
El Secretario General del honorable Senado de la República,
midad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política,
Emilio Ramón Otero Dajud.
se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto
General de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
para vincularse a la conmemoración del centenario del municipio de
Germán Varón Cotrino.
El Dovio, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
interés social que se requieran, entre las que se encuentran:
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
Dotación Hospital Santa Lucía
$50.000.000
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Terminación del Cuartel Defensa Civil
$50.000.000
Publíquese y cúmplase.
Terminación Cuartel de Bomberos
$70.000.000
Adquisición de vehículo para la estación de policía
$80.000.000
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de junio de 2009.
Adecuación Palacio Municipal
$150.000.000
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
Pavimentación vías urbanas
$350.000.000
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mejoramiento de vivienda rural
$500.000.000
TOTAL
$1.250.000.000
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
Artículo 3°. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se
El Ministro de la Protección Social,
autoriza igualmente la celebración de los contratos necesarios, el sistema
Diego Palacio Betancourt.
LEY 1309 DE 2009
(junio 26)
por la cual se modifica la Ley 599 de 2000 relativa a las conductas punibles que atentan contra los bienes
jurídicamente protegidos de los miembros de una organización sindical legalmente reconocida.
El Congreso de Colombia
“El término de prescripción para las conductas punibles de genocidio,
DECRETA:
desaparición forzada, tortura, homicidio de miembro de una organiza-
Artículo 1°. Modifíquese el inciso 2° del artículo 83 de la Ley 599 de ción sindical legalmente reconocida y desplazamiento forzado, será de
2000, el cual quedará así:
treinta (30) años”.