Ley 1343 De 2009
República de Colombia
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
www.imprenta.gov.co
Libertad y Orden
Año CXLIV No. 47.427 Edición de 156 páginas • Bogotá, D. C., viernes 31 de julio de 2009 •
I S S N 0122-2112
Incluye DIarIo unIco De contratacIón PúblIca número 1.054
Poder Público – rama legislativa
LEY 1342 DE 2009
(julio 31)
por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno
de la República de Colombia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones”, hecho y firmado
en Lima, el 11 de diciembre de 2007.
El Congreso de la República
delegada por esa Parte, tales como la autoridad de expropiar, otorgar licencias,
Visto el texto del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú aprobar transacciones comerciales o imponer cuotas, tasas u otros cargos.
y el Gobierno de la República de Colombia sobre Promoción y Protección
3. Para mayor certeza, las disposiciones de este Acuerdo no obligan a
Recíproca de Inversiones”, hecho y firmado en Lima, el 11 de diciembre una Parte en relación con cualquier acto o hecho que tuvo lugar, o cualquier
de 2007, Que a la letra dice:
situación que cesó de existir, antes de la fecha de entrada en vigor de este
(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia de los textos íntegros de los Acuerdo para esa Parte.
instrumentos internacionales mencionados).
4. Nada en este Acuerdo se interpretará en el sentido de imponer una
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU obligación a una Parte para privatizar cualquier inversión que posee o con-
Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA SOBRE
trola, o para impedir a una Parte designar un monopolio, siempre que, si
PROMOCION Y PROTECCION RECIPROCA DE INVERSIONES
una Parte adopta o mantiene una medida para privatizar tal inversión o una
medida para designar un monopolio, este Acuerdo se aplicará a dicha medida.
Las Repúblicas de Perú y Colombia, en adelante denominadas las
“Partes”,
5. Nada de lo contenido en este Acuerdo obligará a cualquier Parte; a
proteger inversiones realizadas con capital o activos derivados de actividades
Reconociendo que la promoción y protección de las inversiones de ilegales, y no se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar o
inversionistas de una Parte en el territorio de la otra Parte, contribuirán mantener medidas destinadas a preservar el orden público, al cumplimiento
a estimular una actividad empresarial que sea mutuamente favorable, así de sus deberes para mantener o restaurar la paz y seguridad internacional o
como desarrollar la cooperación económica entre las Partes, y a promover la protección de sus propios intereses de seguridad esencial.
el desarrollo sostenible,
6. El requerimiento de una Parte de que un proveedor de servicios de la
Reconociendo la capacidad regulatoria de los Estados,
otra Parte constituya una fianza u otra forma de garantía financiera como
Han acordado lo siguiente:
condición para proveer un servicio transfronterizo, no hace, en sí mismo,
Sección A
que este Acuerdo sea aplicable a las medidas adoptadas o mantenidas por
la Parte respecto al suministro transfronterizo del servicio. Este Acuerdo se
Obligaciones Sustantivas
aplica a las medidas adoptadas o mantenidas por la Parte respecto a la fianza
Artículo 1°. Ambito de aplicación y cobertura1
o garantía financiera, en la medida en que dicha fianza o garantía financiera
1. Este Acuerdo se aplicará a las medidas que adopte o mantenga una constituya una inversión cubierta.
Parte relativas a:
Artículo 2°. Trato nacional.
a) Los inversionistas de la otra Parte;
l. Cada Parte concederá a los inversionistas de la otra Parte un trato no
b) Inversiones cubiertas, y
menos favorable que el que conceda, en circunstancias similares, a sus
propios inversionistas en lo referente al establecimiento, adquisición, ex-
En lo relativo a los artículos 6° (requisitos de desempeño) y 9° (medidas
sobre salud, seguridad y medioambientales), a todas las inversiones en el
L I C I T A C I O N E S
territorio de la Parte.
El DIARIO OFICIAL
2. Las obligaciones de una Parte bajo esta Sección se aplicarán a una
empresa estatal u otra persona cuando esta ejerza cualquier autoridad regu-
Informa a las Entidades Oficiales, que se reciben sus órdenes
latoria, administrativa u otra autoridad gubernamental que le hubiera sido
de publicación con dos (2) días hábiles de anticipación.
1 Para mayor certeza, este Acuerdo está sujeto y será interpretado de conformidad con los Anexos A a G, según las remisiones que, en cada
Vea Indice de Licitaciones en la última página
artículo de este Acuerdo, se realizan.Edición 47.427
26
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
El Ministro de Relaciones Exteriores,
que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la
Jaime Bermúdez Merizalde. fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
Luis Guillermo Plata Páez.
El Presidente del honorable Senado de la República,
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO
Hernán Francisco Andrade Serrano.
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Bogotá, D. C.,…
Emilio Otero Dajud.
Autorizado. Sométase a la consideración del honorable Congreso de la
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
República para los efectos constitucionales.
Germán Varón Cotrino.
(FDO.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
El Viceministro de Relaciones Exteriores Encargado de las Funciones
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
(Fdo.) Camilo Reyes Rodríguez.
Comuníquese y cúmplase.
DECRETA:
Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo
Artículo 1°.Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República 241-10 de la Constitución Política.
del Perú y el Gobierno de la República de Colombia sobre Promoción y
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2009.
Protección Recíproca de Inversiones, hecho y firmado en Lima, Perú, el 11
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
de diciembre de 2007.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Artículo 2°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª
Jaime Bermúdez Merizalde.
de 1944, el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno
de la República de Colombia sobre Promoción y Protección Recíproca de
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Inversiones, hecho y firmado en Lima, Perú, el 11 de diciembre de 2007,
Luis Guillermo Plata Páez.
LEY 1343 DE 2009
(julio 31)
por medio de la cual se aprueba el “Tratado sobre el Derecho de Marcas” y su “Reglamento”,
adoptados el 27 de octubre de 1994.
El Congreso de la República
Artículo 14. Observaciones en caso de rechazo previsto.
Visto el texto del “Tratado sobre el Derecho de Marcas” y su “Regla-
Artículo 15. Obligación de cumplir con el Convenio de París.
mento”, adoptados el 27 de octubre de 1994.
Artículo 16. Marcas de servicio.
(Para ser transcritos: Se adjunta fotocopia del texto íntegro de los ins-
trumentos internacionales mencionados).
Artículo 17. Reglamento.
TRATADO SOBRE EL DERECHO DE MARCAS
Artículo 18. Revisión; protocolos.
Lista de artículos
Artículo 19. Procedimiento para ser parte en el Tratado.
Artículo 1°. Expresiones abreviadas.
Artículo 20. Fecha efectiva de las ratificaciones y adhesiones.
Artículo 2°. Marcas a las que se aplica el Tratado.
Artículo 21. Reservas.
Artículo 3°. Solicitud.
Artículo 22. Disposiciones transitorias.
Artículo 4°. Representación; domicilio legal.
Artículo 23. Denuncia del Tratado.
Artículo 5°. Fecha de presentación.
Artículo 24. Idiomas del Tratado; firma.
Artículo 6°. Registro único para productos y/o servicios pertenecientes
a varias clases.
Artículo 25. Depositario.
Artículo 7°. División de la solicitud y el registro.
Artículo 1°
Artículo 8°. Firma.
Expresiones abreviadas
Artículo 9°. Clasificación de productos y/o servicios.
A los efectos del presente Tratado y salvo indicación expresa en contrario:
Artículo 10. Cambios en los nombres o en las direcciones.
i) se entenderá por “Oficina” el organismo encargado del registro de las
Artículo 11. Cambio en la titularidad.
marcas por una Parte Contratante;
Artículo 12. Corrección de un error.
ii) se entenderá por “registro” el registro de una marca por una Oficina;
Artículo 13. Duración y renovación del registro.
iii) se entenderá por “solicitud” una solicitud de registroEdición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
27
iv) el término “persona” se entenderá referido tanto a una persona natural
v) cuando el solicitante sea un representante, el nombre y la dirección
como a una persona jurídica;
de ese representante;
v) se entenderá por “titular” la persona indicada en el registro de marcas
vi) cuando se exija un domicilio legal en virtud de lo dispuesto en el
como titular del registro;
artículo4.2) b), dicho domicilio;
vi) se entenderá por “registro de marcas” la recopilación de los datos
vii) cuando el solicitante desee prevalerse de la prioridad de una solicitud
mantenida por una Oficina, que incluye el contenido de todos los registros anterior, una declaración en la que se reivindique la prioridad de dicha soli-
y todos los datos inscritos respecto de dichos registros, cualquiera que sea citud anterior, junto con indicaciones y pruebas en apoyo de la declaración
el medio en que se almacene dicha información;
de prioridad que puedan ser exigidas en cumplimiento de lo dispuesto en
vii) se entenderá por “Convenio de París” el Convenio de París para la el artículo 4° del Convenio de París;
Protección de la Propiedad Industrial, firmado en París el 20 de marzo de
viii) cuando el solicitante desee prevalerse de cualquier protección re-
1883, en su forma revisada y modificada;
sultante de la exhibición de productos y/o servicios en una exposición, una
viii) se entenderá por “Clasificación de Niza” la clasificación establecida declaración a tal efecto, junto con indicaciones en apoyo de esa declaración,
por el Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos tal como lo requiera la legislación de la Parte Contratante;
y Servicios para el Registro de las Marcas, firmado en Niza el 15 de junio
ix) cuando la Oficina de la Parte Contratante utilice caracteres (letras y
de 1957, en su forma revisada y modificada;
números) que se consideren estándar y el solicitante desee que la marca se
ix) se entenderá por “Parte Contratante” cualquier Estado u organización registre y se publique en caracteres estándar, una declaración a tal efecto;
intergubernamental parte en el presente Tratado;
x) cuando el solicitante desee reivindicar el color como característica
x) se entenderá que las referencias a un “instrumento de ratificación” distintiva de la marca, una declaración a tal efecto, así como el nombre o
incluyen referencias a instrumentos de aceptación y aprobación;
nombres del color o colores reivindicados y una indicación, respecto de
xi) se entenderá por “Organización” la Organización Mundial de la cada color, de las partes principales de la marca que figuren en ese color;
Propiedad Intelectual;
xi) cuando la marca sea tridimensional, una declaración a tal efecto;
xii) se entenderá por “Director General” el Director General de la Or-
xii) una o más reproducciones de la marca;
ganización;
xiii) una transliteración de la marca o de ciertas partes de la marca;
xiii) se entenderá por “Reglamento” el Reglamento del presente Tratado
a que se refiere el artículo 17.
xiv) una traducción de la marca o de ciertas partes de la marca;
Artículo 2°
xv) los nombres de los productos y/o servicios para los que se solicita el
registro, agrupados de acuerdo con las clases de la Clasificación de Niza,
Marcas a las que se aplica el Tratado
precedido cada grupo por el número de la clase de esa Clasificación a que
1) [ Naturaleza de las marcas ]
pertenezca ese grupo de productos o servicios y presentado en el orden de
a) El presente Tratado se aplicará a las marcas que consistan en signos las clases de dicha Clasificación;
visibles, bien entendido que solo las Partes Contratantes que acepten el
xvi) una firma de la persona especificada en el párrafo 4);
registro de marcas tridimensionales estarán obligadas a aplicar el presente
xvii) una declaración de intención de usar la marca, tal como lo estipule
Tratado a dichas marcas.
la legislación de la Parte Contratante.
b) El presente Tratado no se aplicará a los hologramas ni a las marcas
b) El solicitante podrá presentar en lugar o además de la declaración de
que no consistan en signos visibles, en particular las marcas sonoras y las intención de usar la marca, a que se hace referencia en el apartado a)xvii),
marcas olfativas.
una declaración de uso efectivo de la marca y pruebas a tal efecto, tal como
2) [ Tipos de marcas ]
lo estipule la legislación de la Parte Contratante.
a) El presente Tratado se aplicará a las marcas relativas a productos
c) Cualquier Parte Contratante podrá solicitar que, respecto de la solicitud,
(marcas de producto) o a servicios (marcas de servicio), o relativas a pro- se paguen tasas a la Oficina.
ductos y servicios.
2) [ Presentación ]
b) El presente Tratado no se aplicará a las marcas colectivas, marcas de
certificación y marcas de garantía.
Por lo que se refiere a los requisitos de presentación de la solicitud,
ninguna Parte Contratante rechazará la solicitud,
Artículo 3°
i) cuando esta se presente por escrito en papel, si se presenta, con su-
Solicitud
jeción a lo dispuesto en el párrafo 3), en un formulario correspondiente al
1) [ Indicaciones o elementos contenidos en una solicitud o que la Formulario de solicitud previsto en el Reglamento,
acompañan; tasa ]
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones
a) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que una solicitud contenga a la Oficina por telefacsímile y la solicitud se transmita de esta forma, si la
algunas o todas las indicaciones o elementos siguientes:
copia en papel resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción
i) una petición de registro;
a lo dispuesto en el párrafo 3), al formulario de solicitud mencionado en
ii) el nombre y la dirección del solicitante;
el punto i).
iii) el nombre de un Estado de que sea nacional el solicitante, si es na-
3) [ Idioma ]
cional de algún Estado, el nombre de un Estado en que el solicitante tenga
Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la solicitud se presente
su residencia, si la tuviere, y el nombre de un Estado en que el solicitante en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la Oficina. Cuando la
tenga un establecimiento industrial o comercial real y efectivo, si lo tuviere; Oficina admita más de un idioma, podrá exigirse al solicitante que cumpla
iv) cuando el solicitante sea una persona jurídica, la naturaleza jurídica con cualquier otro requisito en materia de idioma aplicable respecto de la
de dicha persona jurídica y el Estado y, cuando sea aplicable, la unidad Oficina, a reserva de que no podrá exigir que la solicitud esté redactada en
territorial dentro de ese Estado, en virtud de cuya legislación se haya cons- más de un idioma.
tituido la mencionada persona jurídica;
4) [ Firma ]Edición 47.427
28
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
a) La firma mencionada en el párrafo 1)a)xvi) podrá ser la firma del
b) El poder podrá referirse a una o más solicitudes y/o registros identi-
solicitante o la firma de su representante.
ficados en el poder o, con sujeción a cualquier excepción indicada por la
b) No obstante lo dispuesto en el apartado a), cualquier Parte Contratante persona designante, a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros
podrá exigir que las declaraciones mencionadas en el párrafo 1)a)xvii) y de esa persona.
b) estén firmadas por el propio solicitante incluso si tiene un representante.
c) El poder podrá limitar las facultades del representante a ciertos actos.
5) [ Solicitud única para productos y/o servicios pertenecientes a varias Cualquier Parte Contratante podrá exigir que todo poder en virtud del cual
clases ]
el representante tenga derecho a retirar una solicitud o a renunciar a un
registro, contenga una indicación expresa a tal efecto.
La misma solicitud podrá referirse a varios productos y/o servicios inde-
pendientemente de que pertenezcan a una o varias clases de la Clasificación
d) Cuando se presente en la Oficina una comunicación de una persona
de Niza.
que se designe en la comunicación como un representante, pero en el mo-
mento de recibir la comunicación la Oficina no estuviera en posesión del
6) [ Uso efectivo ] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que, cuando poder necesario, la Parte Contratante podrá exigir que el poder se presente
se haya presentado una declaración de intención de usar la marca en virtud en la Oficina dentro del plazo fijado por la Parte Contratante, con sujeción
del párrafo 1)a)xvii), el solicitante presente a la Oficina, dentro de un plazo al plazo mínimo establecido en el Reglamento. Cualquier Parte Contratante
fijado por la ley y con sujeción al plazo mínimo prescrito en el Reglamento, podrá disponer que, cuando el poder no haya sido presentado en la Oficina
pruebas del uso efectivo de la marca, tal como lo exija la mencionada ley.
en el plazo fijado por la Parte Contratante, la comunicación realizada por
7) [ Prohibición de otros requisitos ]
dicha persona no tendrá ningún efecto.
Ninguna Parte Contratante podrá exigir que se cumplan respecto de la
e) Por lo que se refiere a los requisitos de presentación y contenido del
solicitud requisitos distintos de los mencionados en los párrafos 1) a 4) y poder, ninguna Parte Contratante rechazará los efectos del poder,
6). En particular, no se podrá exigir respecto de la solicitud mientras esté
i) cuando el poder se presente por escrito en papel si, con sujeción a lo
en trámite:
dispuesto en el párrafo 4), se presenta en un formulario correspondiente al
i) que se suministre cualquier tipo de certificado o extracto de un registro Formulario de poder previsto en el Reglamento,
de comercio;
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones
ii) que se indique que el solicitante ejerce una actividad industrial o a la Oficina por telefacsímile y el poder se transmita de esa forma, si la copia
comercial, ni que se presenten pruebas a tal efecto;
en papel resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo dis-
puesto en el párrafo 4), al Formulario de poder mencionado en el punto i).
iii) que se indique que el solicitante ejerce una actividad que corresponde
a los productos y/o servicios enumerados en la solicitud, ni que se presenten
4) [ Idioma ]
pruebas a tal efecto;
Cualquier Parte Contratante podrá exigir que el poder se presente en el
iv) que se presenten pruebas a los efectos de que la marca ha sido registrada idioma o en uno de los idiomas admitidos por la Oficina.
en el registro de marcas de otra Parte Contratante o de un Estado parte en el
5) [ Referencia al poder ]
Convenio de París que no sea una Parte Contratante, salvo cuando el solici-
Cualquier Parte Contratante podrá exigir que cualquier comunicación a
tante invoque la aplicación del artículo 6quinquies del Convenio de París.
esa Oficina efectuada por un representante a los fines de un procedimiento
8) [ Pruebas ]
ante esa Oficina, contenga una referencia al poder sobre cuya base actúa
el representante.
Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se presenten pruebas a la
Oficina durante el examen de la solicitud, cuando la Oficina pueda dudar
6) [ Prohibición de otros requisitos ]
razonablemente de la veracidad de cualquier indicación o elemento conte-
Ninguna Parte Contratante podrá exigir que se cumplan requisitos
nido en la solicitud.
distintos de los referidos en los párrafos 3) a 5) respecto de las cuestiones
Artículo 4°
tratadas en esos párrafos.
7) [ Pruebas ]
Representación; domicilio legal
Toda Parte Contratante podrá exigir que se presenten pruebas a la Oficina
1) [ Representantes admitidos a ejercer ] Toda Parte Contratante podrá cuando la Oficina pueda dudar razonablemente de la veracidad de cualquier
exigir que una persona nombrada representante a los efectos de cualquier indicación contenida en cualquiera de las comunicaciones referidas en los
procedimiento ante la Oficina sea un representante admitido a ejercer en párrafos 2) a 5).
la Oficina.
Artículo 5°
2) [ Representación obligatoria; domicilio legal ]
Fecha de presentación
a) Toda Parte Contratante podrá exigir que, a los efectos de cualquier
1) [ Requisitos permitidos ]
procedimiento ante la Oficina, toda persona que no tenga una residencia
ni un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en su territorio
a) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado b) y en el párrafo 2), una
esté representada por un representante.
Parte Contratante asignará como fecha de presentación de la solicitud la
fecha en que la Oficina haya recibido las siguientes indicaciones y elementos
b) Toda Parte Contratante, en la medida en que no exija la representación en el idioma previsto en el artículo 3.3):
de conformidad con el apartado a), podrá exigir que, a los efectos de cual-
quier procedimiento ante la Oficina, la persona que no tenga una residencia
i) una indicación expresa o implícita de que se pretende registrar una
ni un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en su territorio marca;
tenga un domicilio legal en ese territorio.
ii) indicaciones que permitan establecer la identidad del solicitante;
3) [ Poder ]
iii) indicaciones suficientes para entrar en contacto por correo con el
solicitante o con su representante, si lo hubiere;
a) Cuando una Parte Contratante permita o exija que un solicitante, un
titular o cualquier otra persona interesada esté representada por un repre-
iv) una reproducción suficientemente clara de la marca cuyo registro se
sentante ante la Oficina, podrá exigir que el representante sea nombrado en solicita;
una comunicación separada (denominada en adelante”poder”), indicando
v) la lista de los productos y/o servicios para los que se solicita el registro;
el nombre del solicitante, del titular o de la otra persona, según proceda, y
vi) cuando sea aplicable el artículo 3.1)a)xvii) o b), la declaración a que
firmada por el mismo.
se hace referencia en el artículo 3.1)a)xvii) o la declaración y las pruebaEdición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
29
a que se hace referencia en el artículo 3.1)b), respectivamente, tal como lo
i) deberá, con sujeción al punto iii), aceptar una firma manuscrita,
estipule la legislación de la Parte Contratante, debiendo estas declaraciones,
ii) tendrá libertad para permitir, en lugar de una firma manuscrita, la uti-
si la mencionada legislación así lo estipula, estar firmadas por el propio lización de otros tipos de firma, tales como una firma impresa o estampada,
solicitante incluso si tiene representante.
o la utilización de un sello,
b) Cualquier Parte Contratante podrá asignar como fecha de presentación
iii) podrá pedir la utilización de un sello en lugar de una firma manuscrita
de la solicitud la fecha en la que la Oficina reciba solo algunas, en lugar de cuando la persona natural que firme la comunicación posea su nacionalidad
todas, las indicaciones y elementos mencionados en el apartado a), o los y dicha persona tenga su dirección en su territorio,
reciba en un idioma distinto del exigido en virtud del artículo 3.3).
iv) cuando se utilice un sello, podrá pedir que el sello vaya acompañado de
2) [ Requisito adicional permitido ]
la indicación en letras del nombre de la persona natural cuyo sello se utilice.
a) Una Parte Contratante podrá prever que no se asignará ninguna fecha
2) [ Comunicación por telefacsímile ]
de presentación mientras no se hayan pagado las tasas exigidas.
a) Cuando una Parte Contratante permita la transmisión de comunica-
b) Una Parte Contratante solo podrá exigir el cumplimiento del requisito ciones a la Oficina por telefacsímile, considerará que la comunicación ha
mencionado en el apartado a) si exigía su cumplimiento en el momento de sido firmada si, en la impresión producida por telefacsímile, aparece la
adherirse al presente Tratado.
reproducción de la firma, o la reproducción del sello, acompañada, cuando
3) [ Correcciones y plazos ] Las modalidades y plazos para las correc- se exija en virtud de lo dispuesto en el párrafo 1)iv), de la indicación en
ciones previstas en los párrafos 1) y 2) se prescribirán en el Reglamento.
letras del nombre de la persona natural cuyo sello se utilice.
4) [ Prohibición de otros requisitos ] Ninguna Parte Contratante podrá
b) La Parte Contratante mencionada en el apartado a) podrá exigir que
pedir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados en los párrafos el documento cuya reproducción haya sido transmitida por telefacsímile
1) y 2) respecto de la fecha de presentación.
sea presentado en la Oficina dentro de cierto plazo, con sujeción al plazo
mínimo prescrito en el Reglamento.
Artículo 6°
3) [ Comunicación por medios electrónicos ] Cuando una Parte Con-
Registro único para productos y/o servicios pertenecientes
tratante permita la transmisión de comunicaciones a la Oficina por medios
a varias clases
electrónicos, deberá considerar firmada la comunicación si esta Oficina
Cuando se hayan incluido en una solicitud única productos y/o servicios identifica al remitente de la comunicación por medios electrónicos, tal como
que pertenezcan a varias clases de la Clasificación de Niza, dicha solicitud lo haya prescrito la Parte Contratante.
dará por resultado un registro único.
4) [ Prohibición del requisito de certificación ] Ninguna Parte Contra-
Artículo 7°
tante podrá exigir la atestación, certificación por notario, autenticación,
División de la solicitud y el registro
legalización o cualquier otra certificación de una firma u otro medio de
identificación personal referido en los párrafos anteriores, salvo cuando
1) [ División de la solicitud ]
la firma se refiera a la renuncia de un registro, si la legislación de la Parte
a) Toda solicitud que enumere varios productos y/o servicios (denominada Contratante así lo estipula.
en adelante “solicitud inicial”) podrá,
CONCURSO PUBLICO NUMERO 002-2009
i) por lo menos hasta la decisión de la Oficina sobre el registro de la marca,
CANAL CAPITAL
ii) durante cualquier procedimiento de oposición contra la decisión de
Objeto: Canal Capital está interesado en seleccionar una persona jurídica,
consorcio o unión temporal, nacional y extranjera con sede en la ciudad de Bo-
la Oficina de registrar la marca,
gotá, D. C., para que por su cuenta y riesgo, en los términos de su propuesta,
iii) durante cualquier procedimiento de apelación contra la decisión
la reglamentación vigente y del contrato que se celebre, venda, instale, integre
y ponga en funcionamiento un sistema de máster de emisión.
relativa al registro de la marca, ser dividida por el solicitante o a petición
Quiénes pueden participar: Personas jurídicas, consorcios o uniones tempo-
suya en dos o más solicitudes (denominadas en adelante “solicitudes frac-
rales, nacionales y extranjeras, cuyo objeto social contemple la actividad que
cionarias”), distribuyendo entre estas últimas los productos y/o servicios
constituye el objeto de la presente contratación, capaces de ejercer derechos
enumerados en la solicitud inicial. Las solicitudes fraccionarias conservarán
y contraer obligaciones, que no se encuentren incursas en causal de impedi-
mento o inhabilidad para contratar con la Administración Pública, que estén
la fecha de presentación de la solicitud inicial y el beneficio del derecho de
en condiciones de cumplir con el objeto contractual y que hayan adquirido los
prioridad, si lo hubiere.
Términos de Referencia.
b) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado a), cualquier Parte Con-
Apertura del proceso: 31 de julio de 2009.
tratante tendrá libertad para establecer requisitos para la división de una
Valor del proceso: El valor del contrato no podrá superar el valor del presupuesto
oficial fijado por la entidad para la presente contratación, el cual asciende a la
solicitud, incluyendo el pago de tasas.
suma de mil cuatrocientos millones de pesos ($1.400.000.000) m/cte. Incluidos
2) [ División del registro ] El párrafo 1) será aplicable, mutatis mutandis,
todos los gastos y costos a que haya lugar. El valor del contrato se pactará en
pesos colombianos.
respecto de la división de un registro. Dicha división deberá permitirse
Certificados de Disponibilidad Presupuestal: Números 666 y 667 del 11 de
i) durante cualquier procedimiento en el que un tercero impugne la validez
junio de 2009 expedido por la Subdirectora Financiera de la Entidad Código
del registro ante la Oficina,
Presupuestal: 3-4-1-13-06-49-0006-00, concepto: “Desarrollo de la Infraestruc-
tura Técnica”.
ii) durante cualquier procedimiento de apelación contra una decisión
Condiciones generales y particulares del proceso: La información sobre las
adoptada por la Oficina durante los procedimientos anteriores, con la salvedad
condiciones generales y particulares del Concurso Público número 002 de 2009,
de que una Parte Contratante podrá excluir la posibilidad de la división del
están contenidas en el documento de los Términos de Referencia.
Régimen aplicable: El presente proceso de Concurso Público se encuentra
registro, si su legislación nacional permite a terceros oponerse al registro
sometido a la legislación y jurisdicción colombiana, al Acuerdo número 07 de 1999
de una marca antes de que se registre la misma.
expedido por la Junta Administradora Regional de Canal Capital, el artículo 14 de
la Ley 1150 de 2008 y sus decretos reglamentarios y al derecho civil colombiano.
Artículo 8°
Consulta términos de referencia e información del proceso: Los interesados
Firma
pueden consultar los términos de referencia en la página web del Canal www.
canalcapital.gov.co
1-7)
1) [ Comunicación en papel ] Cuando una comunicación a la Oficina de
“La entidad convoca a la ciudadanía en general y entidades que realicen control
una Parte Contratante se presente en papel y sea necesaria una firma, esa
social, a participar en cada una de las etapas del presente proceso”.
Parte Contratante
(IN-2090271Edición 47.427
30
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
Artículo 9°
no podrá exigir que se le proporcione ningún tipo de certificado relativo al
Clasificación de productos y/o servicios
cambio.
1) [ Indicaciones de productos y/o servicios ] Cada registro y cualquier
5) [ Pruebas ] Cualquier Parte Contratante podrá pedir que se presenten
publicación efectuados por una Oficina que se refiera a una solicitud o a un pruebas a la Oficina cuando esta pueda dudar razonablemente de la veracidad
registro y en que se indiquen productos y/o servicios, deberá designar los de cualquier indicación contenida en la petición.
productos y/o servicios por sus nombres, agrupándolos según las clases de
Artículo 11
la Clasificación de Niza, y cada grupo deberá ir precedido por el número
Cambio en la titularidad
de la clase de esa Clasificación a que pertenezca ese grupo de productos
o servicios y presentado en el orden de las clases de dicha Clasificación.
1) [ Cambio en la titularidad del registro]
2) [ Productos y/o servicios en la misma clase o en varias clases ]
a) Cuando se haya producido un cambio en la persona del titular, toda
Parte Contratante aceptará que la petición de inscripción del cambio por la
a) Los productos o servicios no podrán considerarse similares entre sí Oficina en su registro de marcas se haga en una comunicación firmada por
por razón de que, en cualquier registro o publicación de la Oficina, figuran el titular o su representante, o por la persona que haya adquirido la titulari-
en la misma clase de la Clasificación de Niza.
dad (denominado en adelante el “nuevo propietario”) o su representante, y
b) Los productos o servicios no podrán considerarse diferentes entre sí en la que se indique el número del registro en cuestión y el cambio que se
por razón de que, en cualquier registro o publicación de la Oficina, figuran ha de registrar. Por lo que se refiere a los requisitos de presentación de la
en diferentes clases de la Clasificación de Niza.
petición, ninguna Parte Contratante rechazará la petición
Artículo 10
i) cuando esta se presente por escrito en papel, si se presenta, con suje-
Cambios en los nombres o en las direcciones
ción a lo dispuesto en el párrafo 2)a), en un formulario correspondiente al
Formulario de petición previsto en el Reglamento,
1) [ Cambios en el nombre o en la dirección del titular ]
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones
a) Cuando no haya cambio en la persona del titular, pero sí lo haya en su a la Oficina por telefacsímile y la petición se transmita de esa forma, si la
nombre y/o en su dirección, toda Parte Contratante aceptará que la petición copia en papel resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo
de inscripción del cambio por la Oficina en su registro de marcas se formule dispuesto en el párrafo 2)a), al Formulario de petición referido en el punto i)
mediante una comunicación firmada por el titular o su representante, y en la
que se indique el número del registro en cuestión y el cambio que se ha de
b) Cuando el cambio de titularidad sea el resultado de un contrato, toda
registrar. Por lo que se refiere a los requisitos de presentación de la petición, Parte Contratante podrá exigir que la petición indique ese hecho y vaya
ninguna Parte Contratante rechazará la petición
acompañada, a elección de la parte peticionaria, de uno de los siguientes
elementos:
i) cuando esta se presente por escrito en papel, si se presenta, con suje-
ción a lo dispuesto en el apartado c), en un formulario correspondiente al
i) una copia del contrato, cuya copia podrá exigirse que se certifique,
Formulario de petición previsto en el Reglamento,
por un notario público o cualquier otra autoridad pública competente, que
está en conformidad con el contrato original;
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones
a la Oficina por telefacsímile y la petición se transmita de esa forma, si la
ii) un extracto del contrato en el que figure el cambio de titularidad, cuyo
copia en papel resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción a lo extracto podrá exigirse que se certifique por un notario público o cualquier
dispuesto en el apartado c), al Formulario de petición referido en el punto i). otra autoridad pública competente;
b) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición indique
iii) un certificado de transferencia no certificado en la forma y con el
contenido establecidos en el Reglamento, y firmado tanto por el titular como
i) el nombre y la dirección del titular;
por el nuevo propietario;
ii) cuando el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de
iv) un documento de transferencia no certificado en la forma y con el
ese representante;
contenido establecidos en el Reglamento, y firmado tanto por el titular como
iii) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio.
por el nuevo propietario.
c) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición se formule
c) Cuando el cambio de titularidad sea el resultado de una fusión, toda
en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la Oficina.
Parte Contratante podrá exigir que la petición indique ese hecho y vaya
d) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la petición, acompañada de una copia de un documento que haya sido emitido por la
se pague una tasa a la Oficina.
autoridad competente y pruebe la fusión, como una copia de un extracto de
un registro de comercio, y que esa copia esté certificada por la autoridad
e) Bastará con una petición única aun cuando la modificación se refiera que emita el documento, por un notario público o por cualquier otra auto-
a más de un registro, siempre que en la petición se indiquen los números ridad pública competente, en el sentido de que está en conformidad con el
de todos los registros en cuestión.
documento original.
2) [ Cambio en el nombre o en la dirección del solicitante ] El párrafo
d) Cuando haya un cambio en la persona de uno o varios cotitulares, pero
1) se aplicará, mutatis mutandis, cuando el cambio se refiera a una solicitud no de la totalidad, y tal cambio de titularidad sea el resultado de un contrato
o solicitudes, o a una solicitud o solicitudes y a un registro o registros, a o una fusión, cualquier Parte Contratante podrá exigir que cualquier cotitular
condición de que, cuando el número de cualquier solicitud aún no se haya respecto del que no haya habido cambio en la titularidad dé su consenti-
asignado o no sea conocido por el solicitante o su representante, se identifique miento expreso al cambio de titularidad en un documento firmado por él.
de otro modo la solicitud en la petición, tal como lo prescriba el Reglamento.
e) Cuando el cambio de titularidad no sea el resultado de un contrato ni
3) [ Cambio en el nombre o en la dirección del representante o en el de una fusión, sino que resulte, por ejemplo, de la aplicación de la ley o de
domicilio legal ] El párrafo 1) se aplicará, mutatis mutandis, a cualquier una decisión judicial, toda Parte Contratante podrá exigir que la petición
cambio en el nombre o en la dirección del representante, en su caso, y a indique ese hecho y vaya acompañada de una copia de un documento que
cualquier cambio relativo al domicilio legal, en su caso.
pruebe el cambio, y que esa copia esté certificada en el sentido de que está
4) [ Prohibición de otros requisitos ] Ninguna Parte Contratante podrá en conformidad con el documento original por la autoridad pública que
exigir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados en los párrafos emita el documento, por un notario público o por cualquier otra autoridad
1) a 3) respecto de la petición mencionada en este artículo. En particular, pública competente.Edición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
31
f) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición indique
iv) que se indique que el titular transfirió, total o parcialmente, su negocio
i) el nombre y la dirección del titular;
o el activo intangible pertinente al nuevo propietario, ni que se presenten
pruebas a cualquiera de estos efectos.
ii) el nombre y la dirección del nuevo propietario;
5) [ Pruebas ] Toda Parte Contratante podrá exigir que se presenten
iii) el nombre de un Estado del que sea nacional el nuevo propietario, si pruebas a la Oficina, o pruebas adicionales si fuese aplicable el párrafo 1)
este es nacional de algún Estado, el nombre de un Estado en que el nuevo c) o e), cuando esa Oficina pueda dudar razonablemente de la veracidad de
propietario tenga su residencia, de tenerla, y el nombre de un Estado en que cualquier indicación contenida en la petición o en cualquier otro documento
el nuevo propietario tenga un establecimiento industrial o comercial real y mencionado en el presente artículo.
efectivo, de tenerlo;
Artículo 12
iv) cuando el nuevo propietario sea una persona jurídica, la naturaleza
jurídica de dicha persona jurídica y el Estado y, cuando sea aplicable, la
Corrección de un error
unidad territorial dentro de ese Estado, en virtud de cuya legislación se haya
1) [ Corrección de un error respecto de un registro ]
constituido la mencionada persona jurídica.
a) Cada Parte Contratante deberá aceptar que la petición de corrección de
v) cuando el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de un error que se haya cometido en la solicitud o en otra petición comunicada
ese representante;
a la Oficina y que se refleje en su registro de marcas y/o en cualquier publi-
vi) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio;
cación de la Oficina se efectúe en una comunicación firmada por el titular o
su representante, en la que se indique el número del registro en cuestión, el
vii) cuando el nuevo titular tenga un representante, el nombre y la direc- error que se ha de corregir y la corrección que se ha de efectuar. En cuanto
ción de ese representante;
a los requisitos de presentación de la petición, ninguna Parte Contratante
viii) cuando se exija que el nuevo titular tenga un domicilio legal en rechazará la petición
virtud de lo dispuestdo en el artículo 4.2)b), dicho domicilio.
i) cuando esta se presente por escrito en papel, si se presenta, con suje-
g) Toda Parte Contratante podrá exigir que, respecto de una petición, se ción a lo dispuesto en el apartado c), en un formulario correspondiente al
pague una tasa a la Oficina.
Formulario de petición previsto en el Reglamento,
h) Bastará con una petición única aun cuando el cambio se refiera a más
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones
de un registro, a condición de que el titular y el nuevo propietario sean los a la Oficina por telefacsímile y la petición se presente de esa forma, si la
mismos para cada registro y siempre que se indiquen en la petición los copia en papel resultante de dicha transmisión corresponde, con sujeción
números de todos los registros en cuestión.
a lo dispuesto en el apartado c), al Formulario de petición mencionado en
i) Cuando el cambio de titularidad no afecte a todos los productos y/o el punto i).
servicios relacionados en el registro del titular, y la legislación aplicable
b) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que la petición indique:
permita el registro de tal cambio, la Oficina creará un registro separado
i) el nombre y la dirección del titular;
relativo a los productos y/o servicios respecto de los cuales haya cambiado
la titularidad.
ii) cuando el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de
ese representante;
2) [ Idioma; traducción ]
iii) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio.
a) Toda Parte Contratante podrá exigir que la petición, el certificado de
transferencia o el documento de transferencia referidos en el párrafo 1) se
c) Toda Parte Contratante podrá exigir que la petición se formule en el
presenten en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por la Oficina.
idioma o en uno de los idiomas admitidos por la Oficina.
b) Toda Parte Contratante podrá exigir que, si los documentos referidos
d) Toda Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la petición, se
en el párrafo 1)b)i) y ii), c) y e) no figuran en el idioma o en uno de los pague una tasa a la Oficina.
idiomas admitidos por la Oficina, la petición se acompañe de una traducción
e) Bastará con una petición única aun cuando la corrección se refiera a
o de una traducción certificada del documento exigido en el idioma o en más de un registro de la misma persona, siempre que el error y la correc-
uno de los idiomas admitidos por la Oficina.
ción solicitada sean los mismos para cada registro, y que se indiquen en la
3) [ Cambio en la titularidad de la solicitud ] Los párrafos 1) y 2) se petición los números de todos los registros en cuestión.
aplicarán mutatis mutandis cuando el cambio de titularidad se refiera a una
2) [ Corrección de un error respecto de las solicitudes ] El párrafo l )
solicitud o solicitudes, o a una solicitud o solicitudes y a un registro o re- será aplicable mutatis mutandis cuando el error se refiera a una solicitud o
gistros, a condición de que, cuando el número de cualquier solicitud aún no solicitudes, o a una solicitud o solicitudes y a un registro o registros, siempre
se haya publicado o no sea conocido por el solicitante o su representante, se que, cuando el número de cualquier solicitud aún no se haya publicado o
identifique de otro modo esa solicitud en la petición, tal como lo prescriba no sea conocido por el solicitante o su representante, se identifique de otro
el Reglamento.
modo esa solicitud, tal como se establece en el Reglamento.
4) [ Prohibición de otros requisitos ] Ninguna Parte Contratante podrá
3) [ Prohibición de otros requisitos ] Ninguna Parte Contratante podrá
exigir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados en los párra- exigir que se cumplan requisitos distintos de los referidos en los párrafos 1
fos 1) a 3) respecto de la petición referida en este artículo. En particular, ) y 2) respecto de la petición mencionada en este artículo.
no se podrá exigir:
4) [ Pruebas ] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se presenten
i) con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 1)c), que se presente un cer- pruebas a la Oficina cuando la Oficina pueda dudar razonablemente que el
tificado o un extracto de un registro de comercio;
presunto error sea efectivamente un error.
ii) que se indique que el nuevo propietario realiza una actividad industrial
5) [ Errores de la Oficina ] La Oficina de una Parte Contratante corregirá
o comercial, ni que se presenten pruebas a tal efecto;
sus propios errores, ex officio o previa solicitud, sin tasa.
iii) que se indique que el nuevo propietario realiza una actividad que
6) [ Errores que no podrán corregirse ] Ninguna Parte Contratante estará
corresponde a los productos y/o servicios afectados por el cambio de titu- obligada a aplicar los párrafos 1), 2) y 5) a cualquier error que no pueda
laridad, ni que se presenten pruebas a cualquiera de estos efectos;
corregirse en virtud de su legislación.Edición 47.427
32
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
Artículo 13
ii) que se presenten pruebas a los efectos de que se ha registrado la marca,
Duración y renovación del registro
o que se ha renovado su registro, en el registro de marcas de cualquier otra
Parte Contratante;
1) [ Indicaciones o elementos contenidos en una petición de renovación
o que la acompañen; tasas ]
iii) que se proporcione una declaración y/o se presenten pruebas en
relación con el uso de la marca.
a) Toda Parte Contratante podrá exigir que la renovación de un registro
esté sujeta a la presentación de una petición y que tal petición contenga
5) [ Pruebas ] Toda Parte Contratante podrá exigir que se presenten
algunas o todas las indicaciones siguientes:
pruebas a la Oficina durante el examen de la petición de renovación, cuan-
do dicha Oficina pueda dudar razonablemente de la veracidad de cualquier
i) una indicación de que se solicita una renovación;
indicación o elemento contenido en la petición de renovación.
ii) el nombre y la dirección del titular;
6) [ Prohibición del examen substantivo ] A los fines de efectuar la
iii) el número del registro en cuestión;
renovación, ninguna Oficina de una Parte Contratante podrá examinar el
iv) a elección de la Parte Contratante, la fecha de presentación de la soli- registro en cuanto a su fondo.
citud que dio lugar al registro en cuestión o la fecha del registro en cuestión;
7) [ Duración ] La duración del período inicial del registro y la duración
v) cuando el titular tenga un representante, el nombre y la dirección de de cada período de renovación será de 10 años.
ese representante;
Artículo 14
vi) cuando el titular tenga un domicilio legal, dicho domicilio;
Observaciones en caso de rechazo previsto
vii) cuando la Parte contratante permita que se efectúe la renovación de
Una solicitud o una petición formulada en virtud de los artículos 10 a
un registro solo respecto de algunos de los productos y/o servicios inscritos 13 no podrá ser rechazada en su totalidad o en parte por una Oficina sin dar
en el registro de marcas y cuando se pida esa renovación, los nombres de al solicitante o a la parte peticionaria, según sea el caso, la oportunidad de
los productos y/o servicios inscritos en el registro para los cuales se pida formular observaciones sobre el rechazo previsto en un plazo razonable.
la renovación, o los nombres de los productos y/o servicios inscritos en el
Artículo 15
registro para los cuales no se pida la renovación, agrupados según las clases
Obligación de cumplir con el Convenio de París
de la Clasificación de Niza, precedido cada grupo por el número de la clase
Cualquier Parte Contratante deberá cumplir con las disposiciones del
de esa Clasificación a que pertenezca ese grupo de productos o servicios y Convenio de París que afecten a las marcas.
presentado en el orden de las clases de dicha Clasificación;
Artículo 16
viii) cuando una Parte Contratante permita que se presente una petición
de renovación por una persona distinta del titular o su representante y la
Marcas de servicio
petición se presente por tal persona, el nombre y la dirección de esa persona;
Cualquier Parte Contratante registrará las marcas de servicio y aplicará
ix) una firma del titular o de su representante o, cuando sea aplicable el a las mismas las disposiciones del Convenio de París relativas a las marcas
punto viii), una firma de la persona mencionada en ese punto.
de producto.
b) Toda Parte Contratante podrá exigir que, respecto de la petición de
Artículo 17
renovación, se pague una tasa a la Oficina. Una vez que se haya pagado
Reglamento
la tasa respecto del período inicial del registro o de cualquier período de
renovación, no podrá exigirse pago adicional para el mantenimiento del
1) [ Contenido ]
registro respecto de ese período. Las tasas asociadas con el suministro de
a) El Reglamento anexo al presente Tratado establecerá reglas relativas:
una declaración y/o prueba de uso, no se considerarán, a los fines de este
i) a cuestiones que el presente Tratado disponga expresamente que serán
apartado, como pagos exigidos para el mantenimiento del registro y no “prescritas en el Reglamento”;
estarán afectadas por este apartado.
ii) a cualquier detalle útil para la aplicación del presente Tratado;
c) Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se presente la petición
iii) a cualesquiera exigencias, cuestiones o procedimientos administrativos.
de renovación, y se pague la tasa correspondiente mencionada en el apar-
tado b), a la Oficina dentro del período fijado por la legislación de la Parte
b) El Reglamento también contendrá Formularios internacionales tipo.
Contratante, con sujeción a los períodos mínimos prescritos en el Reglamento.
2) [ Conflicto entre el Tratado y el Reglamento] En caso de conflicto entre
2) [ Presentación ] Por lo que respecta a las exigencias relativas a la las disposiciones del presente Tratado y las del Reglamento, prevalecerán
presentación de la petición de renovación, ninguna Parte Contratante podrá las primeras.
rechazar la petición,
Artículo 18
i) cuando la petición se presente por escrito en papel si, con sujeción a
Revisión; protocolos
lo dispuesto en el párrafo 3), se presenta en un formulario correspondiente
al Formulario de petición previsto en el Reglamento,
1) [ Revisión ] El presente Tratado podrá ser revisado por una conferencia
diplomática.
ii) cuando la Parte Contratante permita la transmisión de comunicaciones
a la Oficina por telefacsímile y la petición se transmita de esa forma, si la
2) [ Protocolos ] A los fines de desarrollar una mayor armonización del
copia en papel resultante de tal transmisión corresponde, con sujeción a derecho de marcas, podrán adoptarse protocolos por una conferencia diplo-
lo dispuesto en el párrafo 3), al Formulario de petición mencionado en el mática en tanto que dichos protocolos no contravengan las disposiciones
punto i).
del presente Tratado.
3) [ Idioma ] Toda Parte Contratante podrá exigir que la solicitud de
Artículo 19
renovación se formule en el idioma o en uno de los idiomas admitidos por
Procedimiento para ser parte en el Tratado
la Oficina.
1) [ Elegibilidad ] Las siguientes entidades podrán firmar y, con sujeción
4) [ Prohibición de otros requisitos ] Ninguna Parte Contratante podrá a lo dispuesto en los párrafos 2) y 3) y en el artículo 20.1) y 3), ser parte
exigir que se cumplan requisitos distintos de los mencionados en los párrafos en el presente Tratado:
1) a 3) respecto de la petición de renovación. En particular, no se podrá exigir:
i) todo Estado miembro de la Organización respecto del que puedan
i) ninguna reproducción u otra identificación de la marca;
registrarse marcas en su OficinaEdición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
33
ii) toda organización intergubernamental que mantenga una Oficina en
2) [ Entrada en vigor del Tratado ] El presente Tratado entrará en vigor
la que puedan registrarse marcas con efecto en el territorio en el cual se tres meses después de que cinco Estados hayan depositado sus instrumentos
aplique el tratado constitutivo de dicha organización intergubernamental, de ratificación o adhesión.
en todos sus Estados miembros o en aquellos de sus Estados miembros
3) [ Entrada en vigor de las ratificaciones o adhesiones posteriores a la
que sean designados a tal fin en la solicitud pertinente, a condición de que entrada en vigor del Tratado ] Cualquier entidad no incluida en el párrafo
todos los Estados miembros de la organización intergubernamental sean 2) quedará obligada por el presente Tratado tres meses después de la fecha
miembros de la Organización;
en la que haya depositado su instrumento de ratificación o adhesión.
iii) todo Estado miembro de la Organización respecto del que solamente
Artículo 21
puedan registrarse marcas por conducto de la Oficina de otro Estado espe-
cificado que sea miembro de la Organización;
Reservas
iv) todo Estado miembro de la Organización respecto del que solamente
1) [ Tipos especiales de marcas ] Cualquier Estado u organización
puedan registrarse marcas por conducto de la Oficina mantenida por una intergubernamental podrá declarar mediante una reserva que, no obstante
organización intergubernamental de la que sea miembro ese Estado;
lo dispuesto en el artículo 2.1)a) y 2)a), cualquiera de las disposiciones
contenidas en los artículos 3.1) y 2), 5, 7, 11 y 13 no será aplicable a las
v) todo Estado miembro de la Organización respecto del que solamente marcas asociadas, a las marcas defensivas o a las marcas derivadas. Dicha
puedan registrarse marcas por conducto de una Oficina común a un grupo reserva deberá especificar a cuáles de las disposiciones mencionadas se
de Estados miembros de la Organización.
refiere la reserva.
2) [ Ratificación o adhesión] Toda entidad mencionada en el párrafo 1)
2) [ Modalidades ] Cualquier reserva formulada en virtud del párrafo 1)
podrá depositar:
deberá efectuarse mediante una declaración que acompañe el instrumento de
i) un instrumento de ratificación, si ha firmado el presente Tratado,
ratificación o de adhesión al presente Tratado por el Estado u organización
ii) un instrumento de adhesión, si no ha firmado el presente Tratado.
intergubernamental que formule la reserva.
3) [ Fecha efectiva de depósito ]
3) [ Retiro ] Cualquier reserva en virtud del párrafo 1) podrá ser retirada
en cualquier momento.
a) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado b), la fecha efectiva del
depósito de un instrumento de ratificación o adhesión será,
4) [ Prohibición de otras reservas ] No se podrá formular ninguna reserva
al presente Tratado, salvo la permitida en virtud del párrafo 1).
i) en el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1)i), la fecha en la
que se deposite el instrumento de ese Estado;
Artículo 22
ii) en el caso de una organización intergubernamental, la fecha en la que
Disposiciones transitorias
se haya depositado el instrumento de dicha organización intergubernamental;
1) [ Solicitud única para productos y servicios pertenecientes a varias
iii) en el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1)iii), la fecha en la clases; división de la solicitud ]
que se cumpla la condición siguiente: ha sido depositado el instrumento de
a) Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá declarar
ese Estado y ha sido depositado el instrumento del otro Estado especificado; que, no obstante lo dispuesto en el artículo 3.5), una solicitud solo podrá
iv) en el caso de un Estado mencionado en el párrafo 1)iv), la fecha presentarse en la Oficina respecto de productos o servicios que pertenezcan
aplicable en virtud de lo dispuesto en el punto ii) supra;
a una clase de la Clasificación de Niza.
v) en el caso de un Estado miembro de un grupo de Estados mencionado
b) Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá declarar
en el párrafo 1)v), la fecha en la que hayan sido depositados los instrumentos que, no obstante lo dispuesto en el artículo 6°, cuando se hayan incluido
de todos los Estados miembros del grupo.
productos y/o servicios pertenecientes a varias clases de la Clasificación de
b) Todo instrumento de ratificación o de adhesión (denominado en este Niza en una misma solicitud, tal solicitud dará lugar a dos o más registros en
apartado “el instrumento”) podrá ir acompañado de una declaración que el registro de marcas, a condición de que cada uno de tales registros contenga
condicione la efectividad del depósito de dicho instrumento al depósito del una referencia a todos los demás registros resultantes de dicha solicitud.
instrumento de un Estado o de una organización intergubernamental, o a
c) Cualquier Estado u organización intergubernamental que haya for-
los instrumentos de otros dos Estados, o a los instrumentos de otro Estado mulado una declaración en virtud del apartado a) podrá declarar que, no
y de una organización intergubernamental, especificados por su nombre y obstante lo dispuesto en el artículo 7.1), no podrá dividirse una solicitud.
calificados para ser parte en el presente Tratado. El instrumento que contenga
2) [Poder único para más de una solicitud y/o registro ] Cualquier Es-
tal declaración será considerado depositado el día en que se haya cumplido tado u organización intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo
la condición indicada en la declaración. No obstante, cuando el depósito de dispuesto en el artículo 4.3)b), un poder solo podrá referirse a una solicitud
un instrumento especificado en la declaración también vaya acompañado o a un registro.
por una declaración de esa naturaleza, dicho instrumento será considerado
depositado el día en que se cumpla la condición especificada en la segunda
3) [ Prohibición del requisito de certificación de firma en un poder y en
declaración.
una solicitud ] Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá
declarar que, no obstante lo dispuesto en el artículo 8.4), podrá requerirse
c) Toda declaración formulada en virtud del apartado b) podrá ser reti- que la firma de un poder o la firma por el solicitante de una solicitud sea
rada en cualquier momento, en su totalidad o en parte. El retiro de dicha objeto de una atestación, certificación por notario, autenticación, legaliza-
declaración será efectivo en la fecha en que el Director General reciba la ción u otra certificación.
notificación del mismo.
Artículo 20
4) [ Petición única en más de una solicitud y/o registro con respecto a un
cambio de nombre o dirección, un cambio en la titularidad o la corrección
Fecha efectiva de las ratificaciones y adhesiones
de un error ] Cualquier Estado u organización intergubernamental podrá
1) [ Instrumentos que se tomarán en consideración ] A los fines de lo declarar que, no obstante lo dispuesto en el artículo 10.1)e), 2), y 3), el ar-
dispuesto en el presente artículo, solo se tomarán en consideración los tículo 11.1)h) y 3) y el artículo 12.1)e) y 2), una petición de inscripción de
instrumentos de ratificación o de adhesión que sean depositados por las un cambio de nombre y/o de dirección, una petición de inscripción de un
entidades mencionadas en el artículo 19.1), y que tengan una fecha efectiva cambio de titularidad o una petición de corrección de un error solo podrá
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 19.3).
referirse a una solicitud o a un registro.Edición 47.427
34
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
5) [ Presentación, con ocasión de la renovación, de declaración y/o ción de dicho plazo de un año, podrá dejar de aplicar el presente Tratado a
pruebas relativas al uso ] Cualquier Estado u organización interguberna- cualquier registro a partir de la fecha en la que deba renovarse dicho registro.
mental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto en el artículo 13.4)iii),
Artículo 24
requerirá, con ocasión de la renovación, que se presente una declaración
y/o prueba relativas al uso de la marca.
Idiomas del Tratado; firma
6) [Examen substantivo con ocasión de la renovación ] Cualquier Estado u
1) [ Textos originales; textos oficiales ]
organización intergubernamental podrá declarar que, no obstante lo dispuesto
a) El presente Tratado se firmará en un solo ejemplar original en español,
en el artículo 13.6), con ocasión de la primera renovación de un registro árabe, chino, francés, inglés y ruso, considerándose igualmente auténticos
que cubra servicios, la Oficina podrá examinar dicho registro en cuanto al todos los textos.
fondo, con la salvedad de que dicho examen se limitará a la eliminación de
b) A petición de una Parte Contratante, el Director General establecerá un
registros múltiples basados en solicitudes presentadas durante un período texto oficial en un idioma no mencionado en el apartado a) que sea idioma
de seis meses siguientes a la entrada en vigor de la ley de dicho Estado u oficial de esa Parte Contratante, previa consulta con dicha Parte Contratante
organización que, antes de la entrada en vigor del presente Tratado, haya y con cualquier otra Parte Contratante interesada.
establecido la posibilidad de registrar marcas de servicios.
2) [ Plazo para la firma ] El presente Tratado quedará abierto a la firma
7) [ Disposiciones comunes ]
en la Sede de la Organización durante un año a partir de su adopción.
a) Un Estado o una organización intergubernamental solo podrá hacer
Artículo 25
una declaración de conformidad con los párrafos 1) a 6) si, en el momento
de depositar su instrumento de ratificación o adhesión al presente Tratado, la
Depositario
aplicación continuada de su legislación, sin dicha declaración, sería contraria
El Director General será el depositario del presente Tratado.
a las disposiciones pertinentes del presente Tratado.
Reglamento del Tratado sobre el Derecho de Marcas
b) Cualquier declaración formulada en virtud de los párrafos l) a 6) deberá
Lista de reglas
acompañar al instrumento de ratificación o de adhesión al presente Tratado
por el Estado u organización intergubernamental que formule la declaración.
Regla 1: Expresiones abreviadas.
c) Cualquier declaración formulada en virtud de los párrafos l) a 6) podrá
Regla 2: Forma de indicar los nombres y las direcciones.
ser retirada en cualquier momento.
Regla 3: Detalles relativos a la solicitud.
8) [ Pérdida de efectos de una declaración ]
Regla 4: Detalles relativos a la representación.
a) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado c), cualquier declaración
Regla 5: Detalles relativos a la fecha de presentación.
efectuada en virtud de los párrafos 1) a 5) por un Estado considerado país
en desarrollo de conformidad con la práctica establecida de la Asamblea
Regla 6: Detalles relativos a la firma.
General de las Naciones Unidas, o por una organización intergubernamental
Regla 7: Forma de identificación de una solicitud sin su número de
de la que cada uno de sus miembros sea uno de dichos Estados, perderá sus solicitud.
efectos al final de un plazo de ocho años a partir de la fecha de entrada en
Regla 8: Detalles relativos a la duración y a la renovación.
vigor del presente Tratado.
Lista de formularios internacionales tipo
b) Con sujeción a lo dispuesto en el apartado c), cualquier declaración
efectuada en virtud de los párrafos 1) a 5) por un Estado distinto de los
Formulario N° 1 Solicitud de registro de una marca
Estados mencionados en el apartado a), o por una organización interguber-
Formulario N° 2 Poder
namental distinta de las organizaciones intergubernamentales mencionadas
Formulario N° 3 Petición de inscripción de cambio(s) en nombre(s) y/o
en el apartado a), perderá sus efectos al final de un plazo de seis años a partir dirección(es)
de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado.
Formulario N° 4 Petición de inscripción de un cambio en la titularidad
c) Cuando una declaración efectuada en virtud de los párrafos 1) a 5) respecto de registros y/o solicitudes de registro de marcas
no haya sido retirada en virtud de lo dispuesto en el párrafo 7)c), o no haya
perdido sus efectos en virtud de lo dispuesto en los apartados a) o b), antes
Formulario N° 5 Certificado de transferencia respecto de registros y/o
del 28 de octubre de 2004, perderá sus efectos el 28 de octubre de 2004.
solicitudes de registro de marcas
9) [ Procedimiento para ser parte en el Tratado ] Hasta el 31 de diciembre
Formulario N° 6 Documento de transferencia por el que se efectúa la
de 1999, cualquier Estado que, en la fecha de adopción del presente Tra- transferencia de la titularidad de solicitudes y/o registros
tado, sea miembro de la Unión Internacional (de París) para la Protección
Formulario N° 7 Petición de corrección de error(es) en registros y/o
de la Propiedad Industrial sin ser miembro de la Organización, no obstante solicitudes de registro de marcas
lo dispuesto en el artículo 19.1)i), podrá ser parte en el presente Tratado si
Formulario N° 8 Petición de renovación de un registro.
pueden registrarse marcas en su propia Oficina.
Regla 1
Artículo 23
Expresiones abreviadas
Denuncia del Tratado
1) [“Tratado”; “Artículo”]
1) [ Notificación ] Cualquier Parte Contratante podrá denunciar el presente
Tratado mediante notificación dirigida al Director General.
a) En el presente Reglamento, se entenderá por “Tratado” el Tratado
sobre el Derecho de Marcas.
2) [ Fecha efectiva ] La denuncia surtirá efecto un año después de la fecha
en la que el Director General haya recibido la notificación. La denuncia no
b) En el presente Reglamento, la palabra “Artículo” se refiere al artículo
afectará a la aplicación del presente Tratado a ninguna solicitud pendiente o especificado del Tratado.
a ninguna marca registrada, en la Parte Contratante denunciante o respecto
2) [Expresiones abreviadas definidas en el Tratado] Las expresiones abre-
de la misma, en el momento de la expiración del mencionado plazo de un viadas definidas en el artículo 1° a los fines del Tratado tendrán el mismo
año, con la salvedad de que la Parte Contratante denunciante, tras la expira- significado a los fines del Reglamento.Edición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
35
Regla 2
a) Cuando, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.1)a)xi), la
Forma de indicar los nombres y las direcciones
solicitud contenga una declaración en el sentido de que la marca es una marca
tridimensional, la reproducción de la marca consistirá en una reproducción
1) [Nombres]
gráfica o fotográfica bidimensional.
a) Cuando se haya de indicar el nombre de una persona, cualquier Parte
Contratante podrá exigir,
b) La reproducción proporcionada en virtud de lo dispuesto en el apar-
tado a), a elección del solicitante, podrá consistir en una vista única de la
i) cuando la persona sea una persona natural, que el nombre que habrá marca o en varias vistas diferentes de la marca.
de indicarse será el apellido y el nombre o nombres de esa persona, o que
el nombre que habrá de indicarse será, a elección de esa persona, el nombre
c) Cuando la Oficina considere que la reproducción de la marca pro-
o nombres habitualmente utilizados por esa persona;
porcionada por el solicitante en virtud de lo dispuesto en el apartado a)
no muestra suficientemente los detalles de la marca tridimensional, podrá
ii) cuando la persona sea una persona jurídica, que el nombre que habrá invitar al solicitante a proporcionar, dentro de un plazo razonable fijado en
de indicarse será la designación oficial completa de la persona jurídica.
la invitación, hasta seis vistas diferentes de la marca y/o una descripción de
b) Cuando se haya de indicar el nombre de un representante que sea esa marca mediante palabras.
una empresa o una asociación, cualquier Parte Contratante aceptará como
d) Cuando la Oficina considere que las diferentes vistas y/o la descripción
indicación del nombre la indicación que la empresa o la asociación utilicen mencionada en el apartado c) continúan siendo insuficientes para mostrar
habitualmente.
los detalles de la marca tridimensional, podrá invitar al solicitante a propor-
2) [Direcciones]
cionar, dentro de un plazo razonable fijado en la invitación, un espécimen
a) Cuando se haya de indicar la dirección de una persona, cualquier de la marca.
Parte Contratante podrá exigir que la dirección se indique de tal manera
e) El párrafo 2)a)i) y b) será aplicable mutatis mutandis.
que satisfaga las exigencias habituales para la rápida distribución postal a
la dirección indicada y, en todo caso, esté compuesta por todas las unidades
4) [Transliteración de la marca] A los fines de lo dispuesto en el artículo
administrativas pertinentes incluyendo el número de casa o edificio, si lo 3.1)a)xiii), cuando la marca esté compuesta o contenga elementos en una
hubiera.
grafía distinta de la utilizada por la Oficina o números expresados en cifras
distintas de las utilizadas por la Oficina, se podrá exigir una transliteración
b) Cuando una comunicación a la Oficina de una Parte Contratante esté de tal elemento a la grafía y numeración utilizadas por la Oficina.
dirigida a nombre de dos o más personas con direcciones diferentes, esa
Parte Contratante podrá exigir que tal comunicación indique una dirección
5) [Traducción de la marca] A los fines de lo dispuesto en el artículo 3.1)
única como dirección para la correspondencia.
a)xiv), cuando la marca consista o contenga una palabra o palabras en un
idioma distinto del idioma o de uno de los idiomas admitidos por la Oficina,
c) La indicación de una dirección podrá contener un número de teléfono y se podrá exigir una traducción de esa palabra o palabras a ese idioma o a
un número de telefacsímile y, a los fines de la correspondencia, una dirección uno de esos idiomas.
diferente de la dirección indicada en virtud del apartado a).
6) [Plazo para proporcionar prueba del uso real de la marca] El plazo
d) Los apartados a) y c) se aplicarán, mutatis mutandis, a los domicilios mencionado en el artículo 3.6) no será inferior a seis meses calculados desde
legales.
la fecha asignada a la solicitud por la Oficina de la Parte Contratante en la
3) [Grafía que se ha de utilizar] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que se haya presentado esa solicitud. El solicitante o el titular tendrá derecho
que cualquiera de las indicaciones mencionadas en los párrafos 1) y 2) se a una prórroga de ese plazo, con sujeción a las condiciones previstas por la
comunique en la grafía utilizada por la Oficina.
legislación de esa Parte Contratante, por períodos de seis meses cada uno,
Regla 3
por lo menos, hasta una prórroga total de dos años y medio, por lo menos.
Detalles relativos a la solicitud
Regla 4
1) [Caracteres estándar] Cuando, en cumplimiento de lo dispuesto en el
Detalles relativos a la representación
artículo 3.1)a)ix), la solicitud contenga una declaración en el sentido de que
El plazo mencionado en el artículo 4.3)d) se calculará a partir de la fecha
el solicitante desea que se registre y se publique la marca en los caracteres de recepción de la comunicación referida en ese artículo por la Oficina de
estándar utilizados por la Oficina de la Parte Contratante, la Oficina registrará la Parte Contratante interesada y no será inferior a un mes cuando la direc-
y publicará esa marca en tales caracteres estándar.
ción de la persona en cuyo nombre se hace la comunicación se encuentre
2) [Número de reproducciones]
en el territorio de esa Parte Contratante, ni inferior a dos meses cuando tal
a) Cuando la solicitud no contenga una declaración en el sentido de que dirección se encuentre fuera del territorio de esa Parte Contratante.
el solicitante desea reivindicar el color como característica distintiva de la
Regla 5
marca, una Parte Contratante no podrá exigir más de:
Detalles relativos a la fecha de presentación
i) cinco reproducciones de la marca en blanco y negro cuando la solicitud
no pueda contener, en virtud de la legislación de esa Parte Contratante, o
1) [Procedimiento en caso de incumplimiento de los requisitos] Si, en el
no contenga una declaración en el sentido de que el solicitante desea que momento de su recepción por la Oficina, la solicitud no cumple con cualquie-
la marca se registre y se publique en los caracteres estándar utilizados por ra de los requisitos aplicables del artículo 5.1)a) ó 2)a), la Oficina invitará
la Oficina de dicha Parte Contratante;
rápidamente al solicitante a que cumpla con tales requisitos dentro de un
plazo indicado en la invitación, el cual será de un mes, por lo menos, a partir
ii) una reproducción de la marca en blanco y negro cuando la solicitud de la fecha de la invitación cuando la dirección del solicitante se encuentre
contenga una declaración en el sentido de que el solicitante desea que la en el territorio de la Parte Contratante en cuestión y de dos meses, por lo
marca se registre y se publique en los caracteres estándar utilizados por la menos, cuando la dirección del solicitante se encuentre fuera del territorio
Oficina de dicha Parte Contratante.
de la Parte Contratante en cuestión. El cumplimiento de la invitación podrá
b) Cuando la solicitud contenga una declaración en el sentido de que estar sujeto al pago de una tasa especial. Aun cuando la Oficina omita enviar
el solicitante desea reivindicar el color como característica distintiva de la la mencionada invitación, dichos requisitos no se verán afectados.
marca, una Parte Contratante no podrá exigir más de cinco reproducciones
2) [Fecha de presentación en caso de corrección] Si, dentro del plazo indi-
de la marca en blanco y negro y cinco reproducciones de la marca en color. cado en la invitación, el solicitante cumple con la invitación mencionada en
3) [Reproducción de una marca tridimensional]
el párrafo 1) y paga cualquier tasa especial exigida, la fecha de presentacióEdición 47.427
36
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
será la fecha en la que la Oficina reciba todas las indicaciones y elementos
Regla 8
necesarios mencionados en el artículo 5.1)a) y, cuando sea aplicable, si ha
Detalles relativos a la duración y a la renovación
sido pagada a la Oficina la tasa requerida mencionada en el artículo 5.2)a).
En caso contrario, se considerará no presentada la solicitud.
A los fines de lo dispuesto en el artículo 13.1)c), el período durante el
que podrá presentarse la petición de renovación y podrá pagarse la tasa
3) [Fecha de recepción] Cada Parte Contratante tendrá libertad para de renovación comenzará por lo menos seis meses antes de la fecha en la
determinar las Circunstancias en las que la recepción de un documento o el que debe efectuarse la renovación y terminará, por lo menos, seis meses
pago de una tasa se considerará que constituye la recepción o el pago en la después de esa fecha. Si se presenta la petición de renovación y/o se pagan
Oficina en los casos en que el documento haya sido efectivamente recibido las tasas de renovación después de la fecha en la que debe efectuarse la
por o el pago haya sido efectivamente hecho a
renovación, cualquier Parte Contratante podrá supeditar la renovación al
i) una agencia o sucursal de esa Oficina,
pago de un recargo.
ii) una Oficina nacional en nombre de la Oficina de la Parte Contratan-
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 1
te, cuando la Parte Contratante sea una organización intergubernamental
SOLICITUD DE REGISTRO DE UNA MARCA
mencionada en el artículo 29.1)ii),
presentada en la Oficina de …
iii) un servicio postal oficial,
Para uso de la Oficina únicamente
iv) un servicio de distribución distinto de un servicio postal oficial, es-
Número de referencia del solicitante *…
pecificado por la Parte Contratante.
Número de referencia del representante * …
4) [Utilización de telefacsímile] Cuando una Parte Contratante permita
1. Petición de registro
la presentación de una solicitud mediante telefacsímile, y la solicitud sea
presentada mediante telefacsímile, la fecha de recepción del telefacsímile
Por la presente se solicita el registro de la marca reproducida en la pre-
por la Oficina de esa Parte Contratante constituirá la fecha de recepción de sente solicitud.
la solicitud; ello no obstante, dicha Parte Contratante podrá exigir que el
2. Solicitante(s)
original de tal solicitud llegue a la Oficina dentro de un plazo que será de
2.1 Si el solicitante es una personal natural
un mes por lo menos a partir del día en que el telefacsímile fue recibido
por dicha Oficina.
a) su(s) apellido(s):*
b) su(s) nombre(s):*
Regla 6
2.2 Si el solicitante es una personal jurídica, la designación oficial com-
Detalles relativos a la firma
pleta de la entidad:
1) [Personas jurídicas] Cuando una comunicación sea firmada en nombre
2.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
de una persona jurídica, cualquier Parte Contratante podrá exigir que la
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
firma o el sello de la persona natural que firme o cuyo sello se utilice vaya
acompañado de una indicación en letras del apellido y del nombre o nom-
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
bres de esa persona o, a elección de dicha persona, del nombre o nombres
2.4 Estado de nacionalidad de la persona:
habitualmente utilizados por esa persona.
Estado de residencia de la persona:
2) [Comunicación mediante telefacsímile] El plazo mencionado en el
Estado de establecimiento de la persona:**
artículo 8.2)b) no será inferior a un mes a partir de la fecha de recepción de
2.5 Cuando el solicitante sea una persona jurídica, indíquese:
una transmisión por telefacsímile.
– la naturaleza jurídica de la persona jurídica:
3) [Fecha] Cualquier Parte Contratante podrá exigir que una firma o un
– el Estado y, cuando sea aplicable, la unidad territorial dentro de ese
sello sea acompañado de una indicación de la fecha en que se efectuó la Estado en virtud de cuya legislación se haya organizado la persona jurídica:
firma o el sello. Cuando se exija esa indicación pero no se facilite, la fecha
en la que la firma o el sello se considera estampado será la fecha en la que
2.6 □ Márquese este recuadro si hay más de un solicitante; en caso
la comunicación que contenga la firma o el sello fue recibida por la Oficina afirmativo, relaciónese en una hoja adicional e indíquese, respecto de cada
o, si la Parte Contratante lo permite, una fecha anterior a esa última fecha. uno, los datos de los puntos 2.1 ó 2.2, 2.3, 2.4 y 2.5***.
Regla 7
3. Representante
Forma de identificación de una solicitud sin su número de solicitud
3.1 □ El solicitante no está representado.
1) [Forma de identificación] Cuando se requiera que una solicitud sea
3.2 □ El solicitante está representado.
identificada mediante su número de solicitud, pero cuando dicho número
3.2.1 Identificación del representante
no haya sido otorgado todavía, o el solicitante o su representante no lo
3.2.1.1 Nombre(s) y apellido(s):
conozcan, se considerará identificada esa solicitud si se proporciona lo
3.2.1.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
siguiente:
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
i) el número provisional de solicitud, en su caso, asignado por la Oficina, o
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
ii) una copia de la solicitud, o
3.2.2 □ El poder ya obra en posesión de la Oficina.
iii) una reproducción de la marca, junto con la indicación de la fecha en
la que, a conocimiento del solicitante o del representante, la solicitud fue
Número de serie: …*
recibida por la Oficina y un número de identificación asignado a la solicitud
3.2.3 □ Se adjunta el poder.
por el solicitante o el representante.
* En este espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por el solicitante y/o el número de referencia asignado por el representante
a la presente solicitud.
2) [Prohibición de otros requisitos] Ninguna Parte Contratante podrá El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea los nombres y apellidos completos del solicitante o bien los
nombres habitualmente utilizados por el solicitante.
exigir que se cumplan requisitos distintos de los referidos en el párrafo 1) ** Establecimiento” significa un establecimiento industrial o comercial real y efectivo.
***
con el fin de identificar una solicitud cuando su número de solicitud no haya
Cuando se relacionen varios solicitantes en la hoja adicional con direcciones diferentes y no haya representante, deberá subrayarse en la
hoja adicional la dirección a efectos de correspondencia.
sido asignado todavía, o el solicitante o su representante no lo conozcan.
* Debe dejarse en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el solicitante o el representante no
conocen aún el número de serie.Edición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
37
3.2.4 □ El poder se entregará en una fecha posterior.
11. Productos y/o servicios
3.2.5 □ No es necesario un poder.
Nombres de los productos y/o servicios:*
4. Domicilio legal**
□ Márquese este recuadro si el espacio anterior no es suficiente; en
5. Reivindicación de prioridad
□
tal caso, indíquense los nombres de los productos y/o servicios en una hoja
El solicitante reivindica la prioridad siguiente:
adicional.
5.1 País (Oficina) de primera presentación:*
12. Declaración relativa a la intención de uso o al uso real; prueba
5.2 Fecha de primera presentación:
del uso real
5.3 Número de solicitud de la primera presentación (si está disponible):
5.4 La copia certificada de la solicitud cuya prioridad se reivindica
12.1 □ Márquese este recuadro si se adjunta una declaración.
**
5.4.1 □ se adjunta.
12.2 □ Márquese este recuadro si se adjuntan una prueba del uso real.
5.4.2 □ se aportará dentro de los tres meses siguientes a la fecha de
13. Requisitos relativos a los idiomas
presentación de la presente solicitud.
□ Márquese este recuadro si se adjunta un anexo para satisfacer
5.5 La traducción de la copia certificada
cualquier requisito lingüístico aplicable respecto de la Oficina**.
5.5.1 □ se adjunta.
5.5.2 □ se aportará dentro de los tres meses siguientes a la fecha de
14. Firma o sello
presentación de la presente solicitud.
14.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
5.6 □ Márquese este recuadro si se reivindica la prioridad de más
14.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o
de una presentación; en este caso, relaciónense en una hoja adicional e
indíquese, respecto de cada una de ellas, la información mencionada en los se utiliza el sello por o en nombre del
puntos 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y 5.5 y los productos y/o servicios mencionados
14.2.1 □ solicitante.
en cada una de ellas.
14.2.2 □ representante.
6. Registro en el país (la Oficina) de origen*
□ El(los) certificado(s) de registro en el país (la Oficina) de origen 14.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
figura(n) adjunto(s).
14.4 Firma o sello:
7. Protección resultante de la exhibición en una exposición
□
15. Tasa(s)
Márquese este recuadro si el solicitante desea beneficiarse de
cualquier protección resultante de la exhibición de productos y/o ser-
15.1 Moneda e importe(s) de la(s) tasa(s) pagada(s) en relación con la
vicios en una exposición. En este caso, facilítense los detalles en una presente solicitud:
hoja adicional.
15.2 Método de pago:
8. Reproducción de la marca
16. Hojas adicionales y anexos
(8 cm x 8 cm)
□ Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos,
e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
_____________________
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 2
PODER
para procedimientos ante la Oficina de ...
Para uso de la Oficina únicamente
8.1 □ El solicitante desea que la Oficina registre y publique la marca
en los caracteres estándar utilizados por esta*.
Número de referencia de la persona que efectúa el nombramien-
to:*…
8.2 □ Se reivindica el color como característica distintiva de la marca
1. Nombramiento
8.2.1 Nombre(s) del (de los) color(es) reivindicado:
8.2.2 Partes principales de la marca que figuran en ese(esos) color(es):
El abajo firmante nombra como su representante a la persona que se
identifica en el punto 3, infra.
8.3 □ La marca es tridimensional.
□ Se adjuntan …
2. Nombre de la persona que efectúa el nombramiento**
**vistas diferentes de la marca.
8.4 Se adjuntan ...***reproducción(es) de la marca en blanco y negro.
3. Representante
8.5 Se adjuntan ... *** reproducción(es) de la marca en color.
3.1 Nombre(s) y apellido(s):
9. Transliteración de la marca
3.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
La marca o parte de la marca ha sido transliterada en la siguiente forma:
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
10. Traducción de la marca
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
La marca o parte de la marca ha sido traducida en la siguiente forma:
4. Solicitud(es) y/o registro(s) en cuestión
** Se debe indicar un domicilio legal en el espacio disponible bajo el título del punto 4 cuando el solicitante no tenga o, si hay más de un
Este poder concierne:
solicitante, cuando ninguno de los solicitantes tenga una residencia o un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el territorio
de la Parte Contratante cuya Oficina sea la Oficina nombrada en la primera página de la presente solicitud, salvo cuando se indique un
representante local en el punto 3.
*
Cuando la solicitud cuya prioridad se reivindica haya sido presentada en una Oficina distinta de una Oficina nacional (p. ej., la OAPI, la
* Cuando los productos y/o servicios pertenezcan a más de una clase de la Clasificación de Niza, deberán agruparse según las clases de esa
Oficina de Marcas del Benelux y la Oficina para la Armonización del Mercado Interior (marcas y dibujos y modelos) se deberá indicar el
Clasificación. Deberá indicarse el número de cada clase, y los productos y/o servicios pertenecientes a la misma clase deberán agruparse
nombre de esa Oficina en lugar del nombre del país. En caso contrario, no deberá indicarse el nombre de la Oficina sino el del país.
según la indicación del número de esa clase. Cada grupo de productos o servicios debe presentarse en el orden de las clases de la Clasifi-
** Se entenderá por “copia certificada” una copia de la solicitud cuya prioridad se reivindica, certificada como copia fiel del original por la
cación de Niza. Cuando todos los productos o servicios pertenezcan a una clase de la Clasificación de Niza, se deberá indicar el número de
Oficina que hubiese recibido dicha solicitud.
esa clase.
*
Debe rellenarse cuando el solicitante desea suministrar pruebas en virtud del artículo 6 quinquies A.1) del Convenio de París al presentar la
** Este recuadro no debe marcarse si la Oficina no admite más de un idioma.
solicitud.
* Puede indicarse en este espacio el número de referencia asignado por la persona que efectúa el nombramiento en este poder.
*
Tal deseo no puede expresarse respecto de marcas que contengan o consistan en elementos figurativos. Si, en opinión de la Oficina, contiene
** Si la persona que efectúa el nombramiento es el solicitante (o uno de los solicitantes), el nombre y el apellido que se han de indicar son los de
tales elementos, la Oficina ignorará el deseo del solicitante y registrará y publicará la marca tal como aparece en el recuadro.
ese solicitante, como se indica en la(s) solicitud(es) a que se refiere este poder. Si esa persona es el titular (o uno de los titulares), el nombre
**
Si no se incluyen diferentes vistas de la marca en el recuadro previsto en el punto 8, pero sí se adjuntan, márquese este recuadro e indíquese
y el apellido que se han de indicar son los de ese titular, tal como figuran en el registro de marcas. Si esa persona es una persona interesada
el número de esas diferentes vistas.
distinta de un solicitante o de un titular, el nombre que se ha de indicar es el nombre completo de esa persona o el nombre habitualmente
*** Indíquese el número de reproducciones en blanco y negro y/o en color.
utilizado por esa persona.Edición 47.427
38
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
4.1 □ a todas las solicitudes y/o registros actuales y futuros de la
3. Titular(es) y/o solicitante(es)
persona que efectúe el nombramiento, con sujeción a cualquier excepción
3.1 Si el titular y/o el solicitante es una persona natural,
indicada en una hoja adicional.
(a) su(s) apellido(s):*
4.2 □ a la(s) siguente(s) solicitud(es) y/o registro(s):
(b) su(s) nombre(s):*
4.2.1 a la(s) solicitud(es) relativa(s) a la(s) siguiente(s) marca(s):*
3.2 Si el titular y/o solicitante es una persona jurídica, la designación
4.2.2 a la(s) solicitud(es) con el(los) siguiente(s) número(s)**de solicitud, oficial completa de la entidad:
así como a cualquier (cualesquiera) registro(s) resultante(s) de la(s) misma(s):
3.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
4.2.3 al(a los) registro(s) con el(los) siguiente(s) número(s) de registro:
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
4.2.4 □ Si no fuera suficiente el espacio disponible en 4.2.1, 4.2.2 ó
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
4.2.3 márquese este recuadro y proporciónese la información en una hoja
adicional.
3.4 □ Márquese este recuadro si existe más de un titular y/o solicitante;
en ese caso, relaciónese a estos en una hoja adicional e indíquense, respecto
5. Alcance del poder
de cada uno, los datos referidos en los puntos 3.1 ó 3.2 y 3.3.
5.1 □ Márquese este recuadro si el representante está facultado para
4. Representante
actuar como representante para todos los fines, incluso, cuando la persona
que efectúe el nombramiento sea un solicitante o un titular, para los si-
4.1 Nombre y apellido:
guientes fines:
4.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
5.1.1 □ el retiro de la(s) solicitud(es).
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
5.1.2 □ la renuncia del(de los) registro(s).
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
5.2 □ Márquese este recuadro si el representante no está facultado
4.3 Número de serie del poder:**
para actuar como representante para todos los fines e indíquense aquí o
5. Domicilio legal
en una hoja adicional los fines excluidos de los poderes del representante:
6. Indicación del (de los) cambio(s)
6. Firma o sello
6.1 Datos que han de cambiarse*
6.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
Datos después del cambio:*
6.2 Fecha de la firma o del estampado del sello:
6.2 □ Márquese este recuadro si el espacio anterior es insuficiente; en
6.3 Firma o sello:
tal caso, indíquense en una hoja adicional los datos que han de cambiarse,
7. Hojas adicionales y anexos
□
así como los datos después del cambio.
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos,
7. Firma o sello
e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
7.1 Nombre de la persona natural que firme o cuyo sello se utilice:
_____________________
7.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o se
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 3
utiliza el sello por o en nombre del
PETICION DE INSCRIPCION DE CAMBIO(S)
7.2.1 □ titular y/o solicitante.
EN EL(LOS) NOMBRE(S) O DIRECCION(ES)
7.2.2 ÿ representante.
respecto de registro(s)
7.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
y/o solicitud(es) de registro de marca(s)
presentada en la Oficina de ...
7.4. Firma o sello:
8. Tasa
Para uso de la Oficina únicamente
8.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente pe-
Número de referencia del titular y/o solicitante: …
tición de inscripción de cambio (s):
Número de referencia del representante:*…
8.2 Método de pago:
1. Petición de inscripción
9. Hojas adicionales y anexos
Por la presente se pide la inscripción del(de los) cambio(s) indicado(s)
□ Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos,
en la presente petición.
e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
2. Registro(s) y/o solicitud(es) en cuestión
_____________________
La presente petición concierne al(a los) siguiente(s) registro(s) o
solicitud(es):
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 4
2.1 Número(s) de registro:
PETICION DE INSCRIPCION DE
2.2 Número(s) de solicitud:**
UN CAMBIO EN LA TITULARIDAD
2.3 □ Si el espacio disponible bajo 2.1 ó 2.2 no es suficiente, már-
respecto de registro
quese este recuadro y proporciónese la información en una hoja adicional.
y/o solicitud de registro de marcas
presentada en la Oficina de ...
* Complétese este punto si se presenta el poder a la Oficina junto con la(s) solicitud(es).
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud,
Para uso de la Oficina únicamente
o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la
Oficina haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan otorgado un número de identificación a la solicitud.
* En este espacio podrá indicarse el número de referencia asignado por el titular y/o solicitante y/o el número de referencia asignado por el
representante a la presente petición.
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que estaban indicados en la(s) solicitud(es) o los que están inscritos
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
en el(los) registro(s) a que se refiere la presente petición.
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud,
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder o si el titular y/o el solicitante o su
o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la
representante no conocen aún el número de serie.
Oficina haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan asignado un número de identificatión a la solicitud.
* Indíquese el (los) nombre (s) y/o la (s) dirección (es) después del cambio.Edición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
39
Número de referencia del titular y/o solicitante: …
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
Número de referencia del representante: …
5.4 □ Márquese este recuadro si hay más de un titular y/o solicitante
1. Petición de inscripción
afectado por el cambio; en tal caso, relaciónense en una hoja adicional e
indíquense, respecto de cada uno de ellos, los datos mencionados en los
Por la presente se pide la inscripción del cambio en la titularidad indicado puntos 5.1 ó 5.2 y 5.3.
en la presente petición.
5.5 □ Márquese este recuadro si el titular y/o el solicitante, o uno de
2. Registro(s) y/o solicitud(es) en cuestión
los titulares y/o solicitantes han cambiado los nombres y/o direcciones sin
La presente petición concierne al (a los) siguientes(s) registro(s) y/o pedir la inscripción de ese cambio, y adjúntese un documento que pruebe
solicitudes(es):
que la persona que ha transferido la titularidad y el titular y/o solicitante
2.1 Número(s) de registro:
son la misma persona.
2.2 Número(s) de solicitud:
6. Representante del titular y/o solicitante
2.3 Si el espacio disponible bajo 2.1 ó 2.2 no es suficiente, márquese este
6.1 Nombre y apellido:
recuadro y proporciónese la información en una hoja adicional.
6.2 Dirección (incluido el código postal y el país):
3. Productos y/o servicios afectados por el cambio
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
3.1 □ Márquese este recuadro si están afectados por el cambio todos
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
los productos y/o servicios relacionados en la(s) solicitud(es) y/o el (los)
6.3 Número de serie del poder:**28
registro(s) mencionados en el punto 2.
7. Dirección legal del titular y/o solicitante
3.2 □ Márquese este recuadro si el punto 2 menciona solo una solicitud
o registro, y si solo algunos de los productos y/o servicios relacionados en
8. Nuevo(s) titular(es)
esa solicitud o registro están afectados por el cambio, e indíquense los pro-
8.1 Si el nuevo titular es una persona natural,
ductos y/o servicios que deben aparecer en la solicitud o registro del nuevo
(a) su(s) apellido(s):*29
titular (en cuyo caso los productos y/o servicios no indicados se mantendrán
en la solicitud o registro del solicitante o titular):
(b) su(s) nombre(s):*
3.3 □ Márquese este recuadro cuando el punto 2 mencione más de
8.2 Si el nuevo titular es una persona jurídica, la designación oficial
una solicitud o registro y si respecto de uno de ellos por lo menos el cam- completa de la entidad:
bio no afecta a la totalidad de los productos y/o servicios relacionados. En
8.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
este caso, indíquese en una hoja adicional, separadamente respecto de cada
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
solicitud y/o registro, si el cambio afecta a todos los productos y/o servicios
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
o solo a algunos de ellos. Respecto de cualquier solicitud o registro en que
solo estén afectados por el cambio algunos de los productos y/o servicios,
8.4 Estado de nacionalidad de la persona:
háganse las indicaciones en la forma indicada en el punto 3.2.
Estado de residencia de la persona:
4. Bases para el cambio en la titularidad
Estado de establecimiento de la persona:**30
4.1 □ El cambio en la titularidad resulta de un contrato.
8.5 Cuando el nuevo propietario sea una persona jurídica, indíquese
Se adjunta uno de los siguientes documentos:
– la naturaleza jurídica de la persona jurídica:
4.1.1 □ una copia del contrato certificada conforme con el original.
– el Estado y, cuando proceda, la unidad territorial dentro de ese Estado;
4.1.2 □ un extracto del contrato certificado auténtico.
en virtud de cuya legislación se haya organizado la persona jurídica:
4.1.3 □ un certificado de transferencia.
8.6 □ Márquese este recuadro si hay más de un nuevo titular; en tal
caso, relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de cada uno
4.1.4 □ un documento de transferencia.
de ellos, los datos mencionados en los puntos 8.1 o 8.2, 8.3, 8.4 y 8.5***.31
4.2 □ El cambio en la titularidad resulta de una fusión.
9. Representante del nuevo titular
Se adjunta una copia, certificada conforme con el original, del siguiente
9.1 □ El nuevo titular no está representado.
documento que prueba la fusión:
9.2 □ El nuevo titular está representado.
4.2.1 □ un extracto del registro del comercio.
9.2.1 Identificación del representante
4.2.2 □ otro documento procedente de la autoridad competente.
9.2.1.1 Nombre(s) y apellido(s):
4.3 □ El cambio de la titularidad no resulta de un contrato ni de una
fusión.
9.2.1.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
4.3.1 □ Se adjunta una copia, certificada conforme con el original,
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
de un documento que prueba el cambio.
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
5. Titular(es) y/o solicitante(s)
9.2.2 □ El poder ya obra en posesión de la Oficina. Número de serie: …*32
5.1 Si el titular y/o el solicitante es una persona natural,
9.2.3 □ Se adjunta el poder.
(a) su(s) apellido(s):*
9.2.4 □ El poder se entregará en una fecha posterior.
(b) su(s) nombre(s):*
5.2 Si el titular y/o solicitante es una persona jurídica, la designación ** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o el solicitante o el
oficial completa de la entidad:
representante no conocen aún el número de serie.
*
5.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea los nombres y apellidos completos del nuevo titular, o bien los
nombres habitualmente utilizados por el nuevo titular.
**
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
“Establecimiento” significa un establecimiento industrial o comercial real y efectivo.
*** Cuando se relacionen varios nuevos titulares en la hoja adicional con diferentes direcciones y no haya representante, deberá subrayarse la
dirección a efectos de correspondencia en la hoja adicional.
*
*
El(los) nombre(s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que estaban indicados en la(s) solicitud(es) o los que están inscritos en el(los)
Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el nuevo titular o el representante
registro(s) a que se refiere la presente petición.
no conocen aún el número de serie.Edición 47.427
40
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
9.2.5 □ No es necesario un poder.
y/o servicios o solo a algunos de ellos. Respecto de cualquier solicitud o
10. Domicilio legal del nuevo titular**33
registro en que solo hayan sido afectados por la transferencia algunos de
los productos y/o servicios, háganse las indicaciones en la forma indicada
11. Firma y sello
en el punto 3.2.
11.1 Nombre o de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
4. Cedente(s)
11.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o
se utiliza el sello por o en nombre del
4.1 Si el cedente es una persona natural,
11.2.1 □titular y/o solicitante.
(a) su(s) apellido(s):*35
11.2.2 □nuevo titular.
(b) su(s) nombre(s):*
11.2.3 □representante.
4.2 Si el cedente es una persona jurídica, la designación oficial completa
de la entidad:
11.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
4.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
11.4 Firma o sello:
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
12. Tasa
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
12.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente
petición de inscripción de un cambio en la titularidad:
4.4 □ Márquese este recuadro si hay más de un cedente; en tal caso,
relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de cada uno de
12.2 Método de pago:
ellos, los datos mencionados en los puntos 4.1 ó 4.2 y 4.3.
13. Hojas adicionales y anexos
□
5. Cesionario(s)
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos,
e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
5.1 Si el cesionario es una persona natural,
_____________________
(a) su(s) apellido(s):*36
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 5
(b) su(s) nombre(s):*
CERTIFICADO DE TRANSFERENCIA
5.2 Si el cesionario es una persona jurídica, la designación oficial com-
pleta de la entidad:
respecto de registros
5.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
y/o solicitudes de registro de marcas
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
presentado en la Oficina de ...
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
Para uso de la Oficina únicamente
5.4 □ Márquese este recuadro si hay más de un cesionario; en tal caso,
1. Certificación
relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de cada uno de
El (los) cedente(s) y el (los) cesionario(s) abajo firmantes certifican que ellos, los datos mencionados en los puntos 5.1 ó 5.2 y 5.3.
la titularidad del (de los) registro(s) y/o de la(s) solicitud(es) identificado(s)
6. Firmas o sellos
a continuación ha sido transferida por contrato.
2. Registro(s) y/o solicitude(es) en cuestión
6.1 Firma(s) o sello(s) del(de los) cedente(s).
El presente certificado concierne la transferencia del (de los) siguiente(s)
6.1.1 Nombre(s) y apellido(s) de la(s) persona(s) natural(es) que firma(n)
registro(s) y/o solicitud(es):
o cuyo sello(s) se utiliza(n):
2.1 Número(s) de registro:
6.1.2 Fecha de la(s) firma(s) o del estampado del (de los) sello(s):
2.2 Número(s) de solicitud:*34
6.1.3 Firma(s) o sello(s):
2.3 □ Si los espacios bajo 2.1 ó 2.2 no son suficientes, márquese este
6.2 Firma(s) o sello(s) del(de los) cesionario(s).
recuadro y porporciónese la información en una hoja adicional.
6.2.1 Nombre(s) y apellido(s) de la(s) persona(s) natural(es) que firma(n)
3. Productos y/o servicios afectados por la transferencia
o cuyo sello(s) se utiliza(n):
3.1 □ Márquese este recuadro si han sido afectados por la transfe-
6.2.2 Fecha de la(s) firma(s) o del estampado del(de los) sello(s):
rencia todos los productos y/o servicios relacionados en la(s) solicitud(es)
6.2.3 Firma(s) o sello(s):
y/o el(los) registro(s) mencionados en el punto 2.
7. Hojas adicionales y anexos
3.2 □ Márquese este recuadro si el punto 2 menciona solo una solicitud
□
o registro, y si solo algunos de los productos y/o servicios relacionados en
Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos,
esa solicitud o registro han sido afectados por la transferencia, e indíquense e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
los productos y/o servicios que han sido afectados por la transferencia:
_____________________
3.3 □ Márquese este recuadro cuando el punto 2 mencione más de una
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 6
solicitud o registro y si respecto de uno de ellos por lo menos la transferencia
DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA
no ha afectado a la totalidad de los productos y/o servicios relacionados.
respecto de registro(s)
En este caso, indíquese en una hoja adicional, separadamente respecto de
cada solicitud y/o registro, si la transferencia afecta a todos los productos
y/o solicitud(es) de registro de marcas
presentado en la Oficina de ....
** Se debe indicar un domicilio legal en el espacio disponible bajo el título del punto 10 cuando el nuevo titular no tenga o, si hay más de un
Para uso de la Oficina únicamente
nuevo titular, cuando ninguno de los nuevos titulares tenga una residencia o un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el
territorio de la Parte Contratante cuya Oficina sea la Oficina nombrada en la primera página de la presente petición, salvo cuando se indique
un representante en el punto 9.
*
*
Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el cedente o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que figuran en la(s) solicitud(es) o están inscritos en el(los)
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud,
registro(s) a que se refiere el presente certificado.
o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del cedente o su representante, la
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea el(los) nombre(s) y apellido(s) completos del cesionario, o bien
Oficina haya recibido la solicitud y el cedente o su representante hayan otorgado un número de identificación o la solicitud.
los nombres habitualmente utilizados por el cesionario.Edición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
41
1. Declaración de transferencia
5.4 □ Márquese este recuadro si hay más de un cesionario; en tal caso,
El(los) cedente(s) abajo firmante(s) transfieren(n) al(a los) cesionario(s) relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de cada uno de
abajo firmante(s) la titularidad del(de los) registro(s) y/o de la(s) solicitud(es) ellos, los datos mencionados en los puntos 5.1 ó 5.2 y 5.3.
que se identifica(n) a continuación.
6. Indicaciones adicionales (véase el Anexo adjunto al presente For-
2. Registro(s) y/o solicitud(es) en cuestión
mulario)
El presente documento concierne la transferencia del(de los) siguiente(s)
(el suministro de cualquiera de estas indicaciones es facultativo a los
registro(s) y/o solicitud(es):
fines de la inscripción del cambio en la titularidad)
2.1 Número(s) de registro:
□ Márquese este recuadro si se utiliza el Anexo adjunto.
2.2 Número(s) de solicitud:*37
7. Firmas o sellos
2.3 Si los espacios bajo 2.1 ó 2.2 no son suficientes, márquese este re-
7.1 Firma(s) o sello(s) del(de los) cedente(s).
cuadro y proporciónese la información en una hoja adicional.
7.1.1 Nombre(s) y apellido(s) o de la(s) persona(s) natural(es) que firma(n)
3. Productos y/o servicios afectados por la transferencia
o cuyo(s) sello(s) se utiliza(n):
3.1 □ Márquese este recuadro si están afectados por la transferencia
7.1.2 Fecha de la(s) firma(s) o del estampado del (de los) sello(s):
todos los productos y/o servicios relacionados en la(s) solicitud(es) y/o
el(los) registro(s) mencionados en el punto 2.
7.1.3 Firma(s) o sello(s):
3.2 □ Márquese este recuadro si el punto 2 menciona solo una solicitud
7.2 Firma(s) o sello(s) del(de los) cesionario(s).
o registro, y si solo algunos de los productos y/o servicios relacionados en
7.2.1 Nombre(s) y apellido(s) de la(s) persona(s) natural(es) que firma(n)
esa solicitud o registro están afectados por la transferencia, e indíquense los o cuyo(s) sello(s) se utiliza(n):
productos y/o servicios que están afectados por la transferencia:
7.2.2 Fecha de la(s) firma(s) o del estampado del(de los) sello(s):
3.3 □ Márquese este recuadro cuando el punto 2 mencione más de
7.2.3 Firma(s) o sello(s):
una solicitud o registro y si respecto de uno de ellos por lo menos la trans-
ferencia no afecta a la totalidad de los productos y/o servicios relacionados.
8. Hojas adicionales, documentos y anexos
En este caso, indíquese en una hoja adicional, separadamente respecto de
□ Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o docu-
cada solicitud y/o registro, si la transferencia afecta a todos los productos mentos, e indíquese el número total de dichas hojas y/o documentos:
y/o servicios o solo a algunos de ellos. Respecto de cualquier solicitud y/o
□
registro en que solo estén afectados por la transferencia algunos de los pro-
Márquese este recuadro si se adjunta un anexo e indíquense el
ductos y/o servicios, hágase la indicación en la forma indicada en el punto 3.2. número de páginas del anexo y el número de hojas adicionales al mismo:
4. Cedente(s)
Anexo al Formulario Nº 6
4.1 Si el cedente es una persona natural,
Indicaciones adicionales relativas a un documento de transferencia
(punto 6)
(a) su(s) apellido(s):*38
A. Transferencia de activo intangible o negocios
(b) su(s) nombre(s):*
a) □ Márquese este recuadro cuando se haga la transferencia con el
4.2 Si el cedente es una persona jurídica, la designación oficial completa activo intangible o los negocios pertinentes respecto de todos los productos
de la entidad:
y/o servicios relacionados en la(s) solicitud(es) y/o registro(s) mencionado(s)
4.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
en el punto 2 del documento de transferencia.
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
b) □ Márquese este recuadro cuando el punto 2 del documento de
transferencia mencione solo una solicitud o registro y si la transferencia se
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
hace con el activo intangible o los negocios pertinentes respecto de solo
4.4 □ Márquese este recuadro si hay más de un cedente; en tal caso, algunos de los productos y/o servicios relacionados en esa solicitud o re-
relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de cada uno de gistro, e indíquense los productos y/o servicios respecto de los que se hace
ellos, los datos mencionados en los puntos 4.1 ó 4.2 y 4.3.
la transferencia con el activo intangible o los negocios pertinentes:
5. Cesionario(s)
c) □ Márquese este recuadro cuando el punto 2 del documento de
5.1 Si el cesionario es una persona natural,
transferencia mencione más de una solicitud o registro y si respecto de uno
de ellos por lo menos se hace la transferencia con el activo intangible o los
(a) su(s) apellido(s):*39
negocios pertinentes respecto de menos de la totalidad de los productos y/o
(b) su(s) nombre(s):*
servicios relacionados. En tal caso, indíquese en una hoja adicional, sepa-
5.2 Si el cesionario es una persona jurídica, la designación oficial com- radamente respecto de cada solicitud y/o registro, se hace la transferencia
pleta de la entidad:
con el activo intangible o los negocios pertinentes respecto de todos los
productos y/o servicios o solo respecto de algunos de ellos. Por lo que se
5.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
refiere a cualquier solicitud o registro del que se hace la transferencia con
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
el activo intangible o los negocios pertinentes respecto de solo algunos de
los productos y/o servicios, hágase la indicación en la forma especificada
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
en el punto b).
B. Transferencia de derechos resultantes del uso
* Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el cedente o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud,
o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del cedente o su representante, la
Los derechos, derivados del uso de la marca, se transfieren respecto de
Oficina haya recibido la solicitud y el cedente o su representante hayan otorgado un número de identificación o la solicitud.
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que figuran en la(s) solicitud(es), o están inscritos en el(los)
a) □ todos los registros y/o solicitudes.
registro(s), a que se refiere el presente documento.
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son ya sea el(los) nombre(s) y apellido(s) completos del cesionario, o bien
los nombres habitualmente utilizados por el cesionario.
b) □ solo el(los) registro(s) y/o la(s) solicitud(es) siguiente(s):Edición 47.427
42
D I A R I O
O F I C I A L
Viernes 31 de julio de 2009
C. Transferencia del derecho de demanda
□
Datos después de la corrección:
El cesionario tendrá derecho a entablar demanda por infracciones
6.2 □ Márquese este recuadro si el espacio anterior es insuficiente; en
anteriores.
tal caso, indíquense en una hoja adicional los datos que han de corregirse,
D. Remuneración
así como los datos después de la corrección.
a) □ La transferencia se efectúa contra dinero recibido.
7. Firma o sello
b) □ La transferencia se efectúa contra dinero recibido y otros pro-
7.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
ductos y valores.
7.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o se
c) □ El cedente reconoce haber recibido la remuneración mencionada. utiliza el sello por o en nombre del
E. Fecha efectiva de la transferencia
7.2.1 □ titular y/o solicitante.
a) □ La transferencia es efectiva a partir de la fecha de la firma del
7.2.2 □ representante.
presente documento de transferencia.
7.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
b) □ La transferencia es efectiva a partir de la fecha siguiente: …
7.4. Firma o sello:
_____________________
8. Tasa
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 7
8.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente
PETICION DE CORRECCION DE ERRORES
petición de corrección:
en registro(s) y/o solicitud(es) de registro de marcas
8.2 Método de pago:
presentada en la Oficina de ..
9. Hojas adicionales y anexos
Para uso de la Oficina únicamente
□ Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales y/o anexos
Número de referencia del titular y/o solicitante:*…
e indíquese el número total de dichas hojas y/o anexos:
Número de referencia del representante:* …
_____________________
1. Petición de corrección
FORMULARIO INTERNACIONAL TIPO Nº 8
Por la presente se pide(n) la(s) corrección(es) identificada(s) en la pre-
PETICION DE RENOVACION DE UN REGISTRO
sente petición.
presentada en la Oficina de ...
2. Registro(s) y/o solicitud(es) en cuestión
Para uso de la Oficina únicamente
La presente petición concierne el(los) siguiente(s) registro(s) y/o
solicitud(es):
Número de referencia del titular y/o solicitante:*…
2.1 Número(s) de registro:
Número de referencia del representante:*…
2.2 Número(s) de solicitud:**40
1. Indicación de que se pide una renovación
2.3 □ Si los espacios bajo 2.1 ó 2.2 no son suficientes, márquese este
Por la presente se pide la renovación del registro identificado en la pre-
recuadro y proporciónese la información en una hoja adicional .
sente petición.
3. Titulares(es) y/o solicitante(s)
2. Registro en cuestión
3.1 Si el titular y/o solicitante es una persona natural,
2.1 Número de registro:
(a) su(s) apellido(s):*41
2.2 Fecha de presentación de la solicitud que dio lugar al registro:
(b) su(s) nombre(s):*
Fecha de registro:
3.2 Si el titular y/o solicitante es una persona jurídica, la designación
3. Titular(es)
oficial completa de la entidad:
3.1 Si el titular es una persona natural,
3.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
(a) su(s) apellido(s):*43
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
(b) su(s) nombre(s):*
3.4 □ Márquese este recuadro si hay más de un titular y/o solicitante;
3.2 Si el titular es una persona jurídica, la designación oficial completa
en tal caso, relaciónense en una hoja adicional e indíquense, respecto de de la entidad:
cada uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 3.1 ó 3.2 y 3.3.
3.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
4. Representante
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
4.1 Nombre(s) y apellido(s):
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
4.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
3.4 □ Márquese este recuadro si hay más de un titular; en caso afir-
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
mativo, relaciónense en una hoja adicional e indíquese, respecto de cada
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
uno de ellos, los datos mencionados en los puntos 3.1 ó 3.2 y 3.3.
4.3 Número de serie del poder:**42
4. Representante del titular
5. Domicilio legal
4.1 Nombre(s) y apellido(s):
6. Indicación del(de los) error(es) y la(s) corrección(es)
4.2 Dirección (incluidos el código postal y el país):
6.1 Datos que han de corregirse:
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
* En este espacio se podrá indicar el número de referencia asignado por el titular y/o solicitante y/o el número de referencia asignado por el
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
representante a la presente petición.
** Cuando el número de una solicitud no haya sido emitido todavía o el solicitante o su representante no lo conozcan, esa solicitud podrá ser
4.3 Número de serie del poder:*44
identificada si se suministra bien i) el número de solicitud provisional (en su caso) otorgado por la Oficina, bien ii) una copia de la solicitud,
o bien iii) una reproducción de la marca, junto con una indicación de la fecha en que, a conocimiento del solicitante o su representante, la
* En este espacio se podrá indicar el número de referencia asignado por el titular y/o el número de referencia asignado por el representante a
Oficina haya recibido la solicitud y el solicitante o su representante hayan otorgado un número de identificación a la solicitud.
la presente petición de renovación.
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que figuran en la(s) solicitud(es), o están inscritos en el registro, a
* El(los) nombre(s) y apellido(s) que se han de indicar bajo a) y b) son los que se han inscrito en el registro a que se refiere la presente peti-
que se refiere la presente petición.
ción.
** Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el titular y/o solicitante o el
* Se debe dejar en blanco si no se ha asignado, o si aún no se ha asignado, un número de serie al poder, o si el titular o el representante no
representante no conocen aún el número de serie.
conocen aún el número de serie.Edición 47.427
Viernes 31 de julio de 2009
D I A R IO OFICIAL
43
5. Domicilio legal del titular
El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones
6. Productos y/o servicios*45
del Despacho del señor Ministro de Relaciones Exteriores,
6.1 □ Se pide la renovación para todos los productos y/o servicios
(Fdo.) Camilo Reyes Rodríguez
cubiertos por el registro.
DECRETA:
6.2 □ Se pide la renovación solamente para los siguientes productos
Artículo 1°. Apruébanse el “Tratado sobre el Derecho de Marcas” y su
y/o servicios cubiertos por el registro:**46
“Reglamento”, adoptados el 27 de octubre de 1994.
6.3 □ Se pide la renovación para todos los productos y/o servicios
Artículo 2°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley
cubiertos por el registro, excepto los siguientes:***47
7ª de 1944, el “Tratado sobre el Derecho de Marcas” y su “Reglamento”,
6.4 □ Márquese este recuadro si el espacio anterior es insuficiente y adoptados el 27 de octubre de 1994, que por el artículo primero de esta Ley
utilícese una hoja adicional.
se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione el
7. Persona que no sea el titular o el representante del titular, que vínculo internacional respecto de los mismos.
presenta esta petición de renovación
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
Importante: Una persona que no sea el titular o el representante del titu-
Dada en Bogotá, D.C., a …
lar podrá presentar una petición de renovación únicamente cuando la Parte
Presentado al honorable Congreso de la República por el Ministro de
Contratante así lo permita. En consecuencia, el presente punto no podrá ser Relaciones Exteriores y el Ministro de Comercio, Industria y Turismo.
completado si la Parte Contratante cuya Oficina es la Oficina identificada
en la primera página de esta petición de renovación no permite que la pe-
El Ministro de Relaciones Exteriores,
tición de renovación sea presentada por una persona que no sea el titular o
Jaime Bermúdez Merizalde.
el representante del titular.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
□ Márquese este recuadro si esta petición de renovación es presentada
Luis Guillermo Plata Páez.
por una persona que no sea el titular o el representante del titular.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO
7.1 Si la persona es una persona natural
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
(a) su(s) apellido(s):
Bogotá, D. C.
(b) su(s) nombre(s):
Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional
7.2 Si la persona es una persona jurídica, la designación oficial completa para los efectos constitucionales.
de la entidad:
(Fdo.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ
7.3 Dirección (incluidos el código postal y el país):
El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones
Número(s) de teléfono (con el prefijo):
del Despacho del señor Ministro de Relaciones Exteriores.
Número(s) de telefacsímile (con el prefijo):
(Fdo.) Camilo Reyes Rodríguez
8. Firma o sello
DECRETA:
8.1 Nombre de la persona natural que firma o cuyo sello se utiliza:
Artículo 1°. Apruébanse el “Tratado sobre el Derecho de Marcas” y su
8.2 Márquese el recuadro adecuado, según corresponda, si se firma o se “Reglamento”, adoptados el 27 de octubre de 1994.
utiliza el sello por o en nombre del
Artículo 2°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley
8.2.1 □ titular.
7ª de 1944, el “Tratado sobre el Derecho de Marcas” y su “Reglamento”,
8.2.2 □ representante del titular.
adoptados el 27 de octubre de 1994, que por el artículo primero de esta Ley
8.2.3 □ la persona mencionada en el punto 7.
se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione el
vínculo internacional respecto de los mismos.
8.3 Fecha de la firma o del estampado del sello:
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
8.4 Firma o sello:
El Presidente del honorable Senado de la República,
9. Tasa
Hernán Francisco Andrade Serrano.
9.1 Moneda e importe de la tasa pagada en relación con la presente
petición de renovación:
El Secretario General del honorable Senado de la República,
9.2 Método de pago:
Emilio Otero Dajud.
10. Hojas adicionales
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
□ Márquese este recuadro si se adjuntan hojas adicionales e indíquese
Germán Varón Cotrino.
el número total de dichas hojas:
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
_____________________
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Comuníquese y cúmplase.
Bogotá, D. C.
Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo
Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional 241-10 de la Constitución Política.
para los efectos constitucionales.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2009.
(Fdo.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
* Márquese únicamente uno de los recuadros 6.1, 6.2 ó 6.3.
** La lista de los productos y/o servicios para los que se pide la renovación deberá presentarse tal como aparezca en el registro (agrupados
Jaime Bermúdez Merizalde.
con arreglo a las clases de la Clasificación de Niza, empezando por indicar el número de la clase pertinente y presentados en el orden de las
clases de esa Clasificación, cuando los productos o servicios pertenezcan a más de una clase).
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
*** Los productos y/o servicios para los que no se pide la renovación, cuando pertenezcan a más de una clase de Clasificación de Niza, deberán
agruparse con arreglo a las clases de dicha Clasificación, empezando por indicar el número de la clase pertinente y presentarse en el orden
de las clases de dicha Clasificación.
Luis Guillermo Plata Páez.