Ley 18 De 1992
(Octubre 15)
DIARIO OFICIAL No. 40.628 Octubre 16 de 1992, Pág. 1
por la cual la Nación se asocia a la celebración del septuagésimo
aniversario de la Aviación Colombiana.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1o. La Nación rinde homenaje a la Aviación Colombiana, para lo
cual erigirá en la capital de la República un monumento en honor y gloria
de los aviadores colombianos, militares y civiles, que consagraron sus
vidas al servicio de la Patria.
Artículo 2o. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de obras Públicas
incluirá en su presupuesto las partidas necesarias para atender el costo
que demande el cumplimiento oportuno de esta Ley.
Artículo 3o. Esta Ley rige a partir de su sanción.
El Presidente del honorable Senado de la República,
JOSE BLACKBURN CORTES
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Pedro Pumarejo Vega.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CESAR PEREZ GARCIA
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Silverio Salcedo Mosquera.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de octubre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Ministro de Defensa Nacional,
Rafael Pardo Rueda.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Jorge Bendeck Olivella.
El Director del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil,
José Joaquín Palacio Campuzano.