Ley 203 De 1995

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LEY 203 de 1995<br /> (agosto 3)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 41.954, DE 04 DE AGOSTO DE 1995. PAG. 1<br /> Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 90 años de<br /> existencia del Colegio Nacional Liceo Celedón, y ordena la construcción de<br /> algunas obras.<br /> EL CONGRESO DE COLOMBIA,<br /> DECRETA:<br /> ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la celebración de los 90 años de<br /> existencia del Colegio Nacional Liceo Celedón en la ciudad de Santa Marta.<br /> ARTÍCULO 2o. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente<br /> Ley, el Gobierno Nacional ayudará, a través de los mecanismos de<br /> cofinanciación establecidos en las normas sobre la materia, a efectuar las<br /> obras que mejoran la prestación de los servicios que corresponden al<br /> Colegio Nacional Liceo Celedón que a continuación se detallan:<br /> a) Construcción de 23 aulas para ampliar la cobertura educativa;<br /> b) Construcción de la Biblioteca Central con las dotaciones modernas que<br /> presupone un servicio de esta naturaleza;<br /> c) Construcción y dotación de una sala de proyecciones;<br /> d) Construcción y dotación de una sala de sistematización;<br /> e) Construcción de los escenarios deportivos.<br /> ARTÍCULO 3o. Para el logro de lo dispuesto en el artículo anterior, el<br /> Gobierno Nacional apropiará en el Presupuesto General de la Nación hasta la<br /> suma de quinientos millones de pesos ($500.000.000).<br /> ARTÍCULO 4o. Esta Ley rige a partir de su sanción.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> JUAN GUILLERMO ANGEL MEJÍA.<br /> El Secretario del honorable Senado de la República,<br /> PEDRO PUMAREJO VEGA.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> ALVARO BENEDETTI VARGAS.<br /> El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,<br /> DIEGO VIVAS TAFUR.<br /> REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de agosto de 1995.<br /> ERNESTO SAMPER PIZANO<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> GUILLERMO PERRY RUBIO.<br /> La Ministra de Educación Nacional,<br /> MARIA EMMA MEJÍA VÉLEZ.