Ley 259 De 1996
(Enero 17)
DIARIO OFICIAL NO. 42.692, DE 18 DE ENERO DE 1996. PAG. 19
Por la cual se rinde homenaje a la memoria al maestro Luis Eduardo Bermúdez
y se dictan dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Con motivo de cumplirse el primer aniversario de la muerte del
maestro Luis Eduardo Bermúdez, la Nación colombiana exalta su memoria y
ordena la construcción de una escuela de educación básica con énfasis en
orientación musical en el municipio del Carmen de Bolívar, departamento de
Bolívar.
ARTÍCULO 2o. El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de
Educación dispondrá la construcción y dotación de que trata el Artículo
anterior, la cual llevará el nombre de ®Escuela Lucho Bermúdez¯.
ARTÍCULO 3o. El Gobierno Nacional apropiará las partidas presupuestales
correspondientes para el cumplimiento de esta ley, por solicitud del
Ministerio de Educación Nacional.
ARTÍCULO 4o. Esta Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
JULIO CÉSAR GUERRA TULENA.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
RODRIGO RIVERA SALAZAR.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 17 de enero de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
GUILLERMO PERRY RUBIO.
La Ministra de Educación Nacional,
MARÍA EMMA MEJÍA VÉLEZ