Ley 268 De 1996

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LEY 268 de 1996<br /> (febrero 15)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 42.722, DE 16 DE FEBRERO DE 1996. PAG. 1<br /> por medio de la cual se modifica la Ley 61 de 1943.<br /> El Congreso de Colombia,<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1o. El artículo 5o. de la Ley 61 de 1943, quedará así:<br /> "El lote y el edificio, donde funcionaron las oficinas de la Aduana<br /> Nacional en la ciudad de Cúcuta hasta el año de 1974, cedidos al Municipio<br /> de Cúcuta por medio de esta Ley, serán destinados exclusivamente para la<br /> construcción de un centro comercial, en el cual se ubicará a vendedores<br /> ambulantes y/o estacionarios que laboren en el sector y hayan sido censados<br /> previamente por la Administración Municipal".<br /> Parágrafo. El cincuenta por ciento (50%) de la utilidad producida por la<br /> venta de los locales que se construyan en dicho centro comercial, se<br /> destinará para la edificación de un Colegio de Enseñanza Media técnica de<br /> carácter público.<br /> Artículo 2o. El artículo 6o. de la Ley 61 de 1943, quedará así:<br /> "El lote cedido es de propiedad del Municipio de Cúcuta desde el año de<br /> 1974, cuando entró en funcionamiento el nuevo edificio de la Aduana."<br /> Artículo 3o. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación y<br /> deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> Julio César Guerra Tulena.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Pedro Pumarejo Vega.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Rodrigo Rivera Salazar.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Diego Vivas Tafur.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA _ GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de febrero de 1996.<br /> ERNESTO SAMPER PIZANO<br /> El Ministro del Interior,<br /> Horacio Serpa Uribe.<br /> La Ministra de Educación Nacional,<br /> María Emma Mejia Vélez.