Ley 328 De 1996 Fundación Bolivar

Descargar el documento

LEY 328 DE 1996<br /> (diciembre 5)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 42.936, DE 10 DE DICIEMBRE DE 1996. PAG. 1<br /> Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración del bicentenario<br /> de la fundación del Municipio de Bolívar en el departamento del Cauca y se<br /> dictan otras disposiciones.<br /> EL CONGRESO DE COLOMBIA,<br /> DECRETA:<br /> ARTÍCULO 1o. La Nación colombiana se asocia a la celebración del<br /> Bicentenario de la fundación del Municipio de Bolívar en el departamento<br /> del Cauca, la cual acaeció el día 10 de junio de 1794, y se rinde homenaje<br /> a la memoria de su fundador el padre Domingo Belisario Gómez, y se exalta<br /> la capacidad creadora y el espíritu de superación de sus pobladores.<br /> ARTÍCULO 2o. A partir de la vigencia de la presente Ley y conforme a lo<br /> dispuesto en los artículos 365, 366 de la Constitución Nacional, en armonía<br /> con el artículo 200, numeral 3o. y el artículo 150 numeral 3o. y 9o. de la<br /> misma Carta, autorízase al Gobierno Nacional para asignar, dentro del<br /> Presupuesto Nacional de las vigencias 1997 y 1998 las sumas necesarias para<br /> ejecutar las siguientes obras de interés social para el Municipio de<br /> Bolívar, en el departamento del Cauca.<br /> 1o. Educación.<br /> - Cofinanciación para la construcción del Colegio Agrícola de Guachicono<br /> $51.000.000.<br /> - Cofinanciación para la construcción del Colegio Agrícola José Dolores<br /> Daza $51.000.000, Corregimiento los Milagros.<br /> - Cofinanciación para la reconstrucción de la Normal Santa Catalina<br /> Labouré, $20.000.000.<br /> - Cofinanciación para la construcción de la Planta Física del Colegio<br /> Nacional Marco Fidel Suárez, en la cabecera municipal, $50.000.000.<br /> 2. Electrificación.<br /> - Cofinanciación obras de electrificación en el área rural del municipio<br /> $200.000.000.<br /> 3. Red vial.<br /> - Cofinanciación proyecto de construcción vía Paraíso-La Guayana,<br /> $80.000.000.<br /> - Cofinanciación construcción vía Carbonera-La Monja-Butuyaco, $80.000.000.<br /> - Cofinanciación construcción vía San Lorenzo-Puente-La Victoria<br /> $70.000.000.<br /> - Cofinanciación construcción vía Guadual-Melchor, $100.000.000.<br /> - Cofinanciación mejoramiento y ampliación vía La Parada -La Juntas,<br /> $40.000.000.<br /> - Cofinanciación construcción vía Rosal -Cimarrones-San Juan-Los Milagros-<br /> Las Cruces, $120.000.000.<br /> 4. Alcantarillados.<br /> - Cofinanciación del proyecto de reposición y ampliación del alcantarillado<br /> de la cabecera municipal $600.000.000.<br /> 5. Acueductos.<br /> - Cofinanciación proyecto de construcción del Acueducto interveredal La<br /> Carbonera $150.000.000.<br /> - Cofinanciación proyecto de construcción acueducto interveredal Vereda<br /> Melchor $50.000.000.<br /> - Cofinanciación proyecto construcción acueducto los Potreros, $90.000.000.<br /> - Cofinanciación proyecto construcción acueducto Buenavista-Guachicono,<br /> $81.000.000.<br /> - Cofinanciación proyecto construcción acueducto Cerro Alto-Cerrojo<br /> Chupadero, $300.000.000.<br /> - Cofinanciación proyecto construcción acueducto Villanueva-Carbonero-<br /> Ortijo-Tambores, $190.000.000.<br /> ARTÍCULO 3o. Autorizar al Gobierno Nacional para realizar las operaciones<br /> presupuestales y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de<br /> la presente ley.<br /> ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y<br /> promulgación.<br /> El Presidente honorable Senado de la República,<br /> LUIS FERNANDO LONDOÑO CAPURRO.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> PEDRO PUMAREJO VEGA.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> GIOVANNI LAMBOGLIA MAZZILLI.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> DIEGO VIVAS TAFUR.<br /> REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 5 de diciembre de 1996.<br /> ERNESTO SAMPER PIZANO.<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA.