Ley 338 De 1996

Descargar el documento

LEY 338 DE 1996<br /> (diciembre 26)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 42.949, DE 30 DE DICIEMBRE DE 1996. PAG. 1<br /> Por medio de la cual la Nación rinde homenaje y se asocia con el Municipio<br /> de Corinto (Cauca) a la celebración de los 200 años del natalicio del<br /> insigne General José María Obando y se ordena la realización de obras de<br /> infraestructura.<br /> EL CONGRESO DE COLOMBIA,<br /> CONSIDERANDO:<br /> En el mes de agosto la ciudadanía de Corinto, Departamento del Cauca,<br /> celebra los 200 años del natalicio del ilustre General José María Obando;<br /> El General Obando es una de las personalidades públicas más brillantes de<br /> nuestra historia, quien y con sus ejecutorias honró los altos intereses de<br /> la patria;<br /> Ocupó la Presidencia de la República de Colombia caracterizándose por sus<br /> virtudes democráticas y su inmensa valía como hombre de Estado,<br /> DECRETA:<br /> ARTÍCULO 1o. La Nación rinde homenaje y se asocia con la comunidad de<br /> Corinto, municipio del Departamento del Cauca, con motivo de la<br /> conmemoración de los 200 años del natalicio del insigne General José María<br /> Obando, celebrada del 1o. al 8 de agosto de 1995.<br /> ARTÍCULO 2o. A partir de la vigencia de la presente ley y de conformidad<br /> con los artículos 334, 339, 341, de la Constitución Nacional, autorízase al<br /> Gobierno Nacional para asignar dentro del presupuesto de la vigencia de<br /> 1996, 1997, 1998, las sumas necesarias para ejecutar la construcción y<br /> remodelación de las siguientes de interés social:<br /> a) Centro Administrativo Municipal, CAM, de Corinto, el cual llevará el<br /> nombre del ilustre general, por la suma de quinientos millones de pesos<br /> ($500.000.000.00);<br /> b) Remodelación Plaza de Mercado de Corinto (Cauca), por la suma de cien<br /> millones de pesos ($100.000.000.00);<br /> c) Remodelación, ampliación y dotación de la escuela José María Obando de<br /> Corinto (Cauca), por la suma de trescientos millones de pesos<br /> ($300.000.000.00);<br /> d) Polideportivo de Corinto (Cauca) por la suma de cien millones de pesos<br /> ($100.000.000.00);<br /> e) Igualmente la construcción de una escuela que llevará el nombre del<br /> ilustre General José María Obando, en el corregimiento del Rosal, Municipio<br /> de Subachoque (Cundinamarca), sitio en el cual murió el General Obando, por<br /> la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000.00).<br /> ARTÍCULO 3o. Para los efectos del artículo 2o., los citados municipios<br /> deberán presentar ante el Departamento Nacional de Planeación los<br /> respectivos diseños.<br /> ARTÍCULO 4o. Autorízase al Gobierno Nacional para celebrar las operaciones<br /> presupuestales y los contratos necesarios para dar cumplimiento a lo<br /> dispuesto en la presente ley.<br /> ARTÍCULO 5o. Esta Ley rige a partir de la fecha de su publicación.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> LUIS FERNANDO LONDOÑO CAPURRO.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> PEDRO PUMAREJO VEGA.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> GIOVANNI LAMBOGLIA MAZZILLI.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> DIEGO VIVAS TAFUR.<br /> REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL.<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 26 de diciembre de 1996.<br /> ERNESTO SAMPER PIZANO.<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA.<br /> La Ministra de Educación Nacional,<br /> OLGA DUQUE DE OSPINA