Ley 342 De 1996 Villa Garzón

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LEY 342 DE 1996<br /> (diciembre 27)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 42.952, DE 08 DE ENERO DE 1997. PAG. 2<br /> Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los cincuenta años de<br /> la fundación del Municipio de Villagarzón en el Departamento de Putumayo.<br /> EL CONGRESO DE COLOMBIA,<br /> DECRETA:<br /> ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la celebración de los cincuenta años de<br /> la fundación del Municipio de Villagarzón en el Departamento del Putumayo.<br /> ARTÍCULO 2o. A partir de la sanción de la presente Ley y de conformidad con<br /> los artículos 334 y 341 de la Constitución Política en Colombia, autorízase<br /> al Gobierno Nacional para participar mediante cofinanciación con el<br /> Municipio, la suma de dos mil millones de pesos ($2.000.000.000.00) moneda<br /> legal, para ejecutar las siguientes obras de interés social en el Municipio<br /> de Villagarzón, Putumayo, así:<br /> Proyecto Aporte<br /> 1. Terminación, construcción acueducto Villagarzón<br /> (Quebrada Curiyaco). Terminación alcantarillado y lagunas<br /> de oxidación $ 700.000.000.00<br /> 2. Ampliación hospital local $ 400.000.000.00<br /> 3. Construcción plaza de mercado $<br /> 400.000.000.00<br /> 4. Reparación, adecuación planteles educativosde Villagarzón $<br /> 300.000.000.00<br /> 5. Construcción matadero municipal $<br /> 200.000.000.00<br /> PARÁGRAFO. La contrapartida de cofinanciación que le corresponde al<br /> municipio se hará según el parágrafo del artículo 69 del Decreto 111 de<br /> enero de 1996 establecido para proyectos especiales que a la letra dice:<br /> "Los Municipios de los Departamentos de Vichada, Guainía, San Andrés y<br /> Providencia y Putumayo, cofinanciarán el 5% de los proyectos de inversión"<br /> (Ley 225 de 1996).<br /> ARTÍCULO 3o. Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> LUIS FERNANDO LONDOÑO CAPURRO.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> PEDRO PUMAREJO VEGA.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> GIOVANNI LAMBOGLIA MAZZILLI.<br /> El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,<br /> DIEGO VIVAS TAFUR.<br /> REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL.<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 27 de diciembre de 1996.<br /> ERNESTO SAMPER PIZANO<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA.<br /> La Ministra de Educación Nacional,<br /> OLGA DUQUE DE OSPINA.<br /> La Ministra de Salud,<br /> MARIA TERESA FORERO DE SAADE