Ley 353 De 1997
(enero 20)
DIARIO OFICIAL NO. 42.965, DE 23 DE ENERO DE 1997. PAG. 9
Por medio de la cual la Nación se vincula a la celebración de las Bodas de
Oro de la fundación de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca.
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Asociarse a la efeméride de las Bodas de Oro de la Universidad
Colegio Mayor de Cundinamarca, fundada en 1945.
ARTÍCULO 2o. Reconocer y exaltar a la Universidad por la valiosa y
significativa formación científica, humanística y social de profesionales
que cumplen su labor con eficiencia y sentido ético, al servicio del país.
ARTÍCULO 3o. Proponer como ejemplo de las instituciones de Educación
Superior, a la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca por su destacada
actividad investigativa, docente, administrativa y de extensión.
ARTÍCULO 4o. Ordenar al Gobierno Nacional se vincule a la conmemoración de
los 50 años de la Universidad, mediante la apropiación de la partida
necesaria para financiar los siguientes proyectos de inversión y demás
ejecutorias:
1. Renovación de equipos para el servicio de salud que atiende a la
comunidad universitaria y a varios barrios del sector aledaño.
2. Reparación y ampliación de la planta física en su sede actual, la cual
será permanente.
3. Ampliación y dotación de la Biblioteca de la Universidad, incluyendo
nuevas publicaciones bibliográficas, equipos de reprografía avanzada y de
última generación de computadores.
4. Dotación de equipos modernos para el laboratorio clínico y de
bacteriología.
ARTÍCULO 5o. El gobierno destinará del Presupuesto General de la Nación una
suma no inferior a mil millones de pesos ($ 1.000) moneda corriente, para
el cumplimiento de la presente Ley.
ARTÍCULO 6o. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
LUIS FERNANDO LONDOÑO CAPURRO.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
GIOVANNY LAMBOGLIA MAZZILLI.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 20 de enero de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA.
La Ministra de Educación Nacional,
OLGA DUQUE DE OSPINA