Ley 425 De 1998

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LEY 425 DE 1998<br /> (enero 13)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 43.216, DE 16 DE ENERO DE 1998. PAG. 4<br /> por la cual la Nación exalta la memoria del doctor Jorge Eliécer Gaitán, en<br /> los cincuenta años de su magnicidio, se ordena la terminación de la<br /> construcción de "El Exploratorio Nacional" y se dictan otras disposiciones.<br /> El Congreso de Colombia,<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1º. La República de Colombia exalta la memoria del doctor Jorge<br /> Eliécer Gaitán, en los cincuenta años de su magnicidio que se cumplirán el<br /> 9 de abril de 1998, quien fuera insigne pensador, conductor y constructor<br /> de la nacionalidad, propulsor de la lucha por la restauración moral y<br /> democrática de Colombia, gestor de la redención del país nacional frente al<br /> país político, símbolo de convivencia ciudadana y gran luchador por el<br /> fortalecimiento de la Democracia Participativa en Colombia y América<br /> Latina.<br /> A lo largo de su brillante trayectoria de servicio al país fue galardonado,<br /> como pocos latinoamericanos, por sus estudios académicos en el campo de la<br /> filosofía, de las ciencias y fue por ello recibido, desde muy joven, como<br /> miembro de número de la Academia de Ciencias de Bremen (Alemania). Se<br /> constituyó en insigne figura política, desempeñándose como líder popular en<br /> la defensa de los humildes de todos los partidos.<br /> Sus condiciones de liderazgo le permitieron hacer despertar al país de su<br /> prolongado sueño feudal gracias a su indeclinable y pertinaz batallar. Su<br /> recia personalidad aquilatada con su preparación profesional, sus estudios<br /> y su base científica fundamentada no sólo en el conocimiento sino también<br /> en el sentimiento.<br /> Como político permanece en lo más profundo del alma nacional, como máxima<br /> prueba de su autenticidad y su grandeza. Nadie podrá borrar de la memoria<br /> de nuestro pueblo el contenido de sus luchas.<br /> Como hombre de Estado ejerció con lujo de competencia la Designatura<br /> Presidencial, la Magistratura de la Corte Suprema de Justicia, los<br /> Ministerios de Educación y de Trabajo y Seguridad Social, las Presidencias<br /> del Senado de la República, la Cámara de Representantes, la Asamblea de<br /> Cundinamarca, al Concejo de Bogotá y la Alcaldía Mayor de Bogotá.<br /> Artículo 2º. Como homenaje perenne a su memoria y para efectos de<br /> conmemorar los 50 años de la desaparición física del ilustre servidor<br /> público, ordenánse una serie de eventos, acciones y proyectos que permitan<br /> consolidar el paradigma de Jorge Eliécer Gaitán, así:<br /> a) Terminación de la construcción de "El Exploratorio Nacional", cuyo costo<br /> será de nueve mil millones de pesos ($9.000.000.000), obra arquitectónica y<br /> complejo cultural que hace parte del Instituto Colombiano de la<br /> Participación Jorge Eliécer Gaitán "Colparticipar", que habrá de encarnar y<br /> propiciar el ejercicio de la Democracia Participativa;<br /> b) El Congreso de la República editará, imprimirá y promoverá la<br /> publicación de veinte mil ejemplares de un libro con las memorias de Jorge<br /> Eliécer Gaitán, obra escrita por su hija Gloria Gaitán;<br /> c) El Ministerio de Comunicaciones emitirá una estampilla de diferentes<br /> denominaciones con la efigie de Jorge Eliécer Gaitán a partir del 9 de<br /> abril de 1998, donde se plasmarán sus ideas, fuerza y una leyenda que<br /> expresará: "Yo no soy un hombre, soy un pueblo";<br /> d) El Banco de la República, diseñará y emitirá un billete con la efigie de<br /> Jorge Eliécer Gaitán, que circulará en todo el territorio nacional a partir<br /> del 9 de abril de 1998;<br /> e) El Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Comunicaciones,<br /> financiará un trabajo dedicado a crear un video de ficción o documental<br /> sobre la vida y pensamiento de Jorge Eliécer Gaitán;<br /> f) El Gobierno Nacional, por intermedio del Instituto Colombiano de la<br /> Participación, "Colparticipar", convocará a un concurso de creativos en<br /> cuentos ilustrados y elaborará una cartilla de ficción sobre la vida y el<br /> pensamiento de Jorge Eliécer Gaitán;<br /> g) El Gobierno Nacional, por intermedio de "Colparticipar", financiará y<br /> promoverá un Congreso sobre Democracia Participativa, que discutirá las<br /> Tesis de Gaitán y Simón Bolívar sobre el Cuarto Poder, "El Poder Moral",<br /> como lo llamara Gaitán, inspirándose en el Libertador y en la concepción<br /> moderna de transición con un Ministerio de la Participación;<br /> h) El Gobierno Nacional promoverá, a través del Ministerio de Relaciones<br /> Exteriores y la Comisión Nacional de Conmemoración del Cincuentenario de la<br /> OEA, la vinculación de los países que conforman nuestra América para<br /> obtener de los diferentes gobiernos la donación de esculturas y obras de<br /> arte, representativas de cada país, para que sean colocadas en el<br /> "Exploratorio Nacional" por los respectivos delegados que integren la<br /> Conferencia Conmemorativa de los 50 años de la Organización de Estados<br /> Americanos, OEA;<br /> i) El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio del Interior,<br /> promoverá la Primera Cumbre Indígena Americana, evento que actualmente está<br /> preparando la Fundación del Premio Nóbel Rigoberta Menchú.<br /> Artículo 3º. El Gobierno Nacional hará las apropiaciones pertinentes, a<br /> partir de la vigencia presupuestal de 1997 para la ejecución de los gastos<br /> que demande la presente ley.<br /> Artículo 4º. La presente ley rige a partir de su publicación en el Diario<br /> Oficial.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> Amylkar Acosta Medina.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Pedro Pumarejo Vega.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Carlos Ardila Ballesteros.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Diego Vivas Tafur.<br /> Republica de Colombia-Gobierno Nacional<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de enero de 1998.<br /> ERNESTO SAMPER PIZANO<br /> El Ministro del Interior,<br /> Carlos Holmes Trujillo García.<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> Antonio José Urdinola Uribe.<br /> El Ministro de Comunicaciones,<br /> José Fernando Bautista Quintero.