Ley 442 De 1998

Descargar el documento

LEY 442 DE 1998<br /> (junio 11)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 43.320, DE 12 DE JUNIO DE 1998. PAG. 1<br /> por la cual se decreta una adición y otras operaciones presupuestales en el<br /> Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la ley de apropiaciones<br /> para la vigencia fiscal de 1998.<br /> El Congreso de Colombia<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1º. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúese la<br /> siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia<br /> fiscal de 1998, en la suma de trescientos setenta y dos mil veintiocho<br /> millones doscientos sesenta mil ochocientos cuarenta y cinco pesos<br /> ($372.028.260.845) moneda legal, según el siguiente detalle:<br /> (ESTA LEY DEBE CONSULTARSE EN EL DOCUMENTO IMPRESO DEBIDO A LAS<br /> CARACTERISTICAS DE SU PUBLICACION).<br /> Artículo 5º. Sustitúyase hasta por la suma de setecientos mil millones de<br /> pesos moneda legal ($700.000.000.000), de recursos del crédito interno por<br /> recursos del crédito externo.<br /> Así mismo, sustitúyase la suma de $1.568.603.500 de otros recursos del<br /> tesoro por recursos del crédito externo en el Instituto Geográfico Agustín<br /> Codazzi y la suma de $2.297.000.000 de otros recursos del tesoro por<br /> recursos del crédito externo en el Ministerio de Minas y Energía.<br /> El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del<br /> Presupuesto Nacional, en uso de la facultad otorgada por el Decreto 568 de<br /> 1996, hará las correcciones a los recursos y a sus correspondientes<br /> códigos, los cuales son de carácter informativo.<br /> Artículo 6º. El Gobierno Nacional en el decreto de liquidación excluirá los<br /> traslados cuyos contracréditos estén comprometidos en el momento de<br /> sancionar la presente ley.<br /> Artículo 7º. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.<br /> Publíquese, comuníquese y cúmplase.<br /> Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a ...<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> Amylkar Acosta Medina.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Pedro Pumarejo Vega.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Carlos Ardila Ballesteros.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Diego Vivas Tafur.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de junio de 1998.<br /> ERNESTO SAMPER PIZANO<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> Antonio José Urdinola Uribe