Ley 500 De 1999

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LEY 500 DE 1999<br /> (mayo 25)<br /> DIARIO OFICIAL NO. 43.588, DE 27 DE MAYO DE 1999. PAG. 3<br /> por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 445 años de la<br /> fundación del municipio de Mariquita en el departamento del Tolima y se<br /> autorizan apropiaciones presupuestales para obras de infraestructura.<br /> El Congreso de Colombia<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1°. La Nación se asocia a la celebración de los cuatrocientos<br /> cuarenta y cinco (445) años de la fundación del municipio de Mariquita en<br /> el departamento del Tolima.<br /> Artículo 2°. Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del<br /> presupuesto general de la nación, y/o impulsar a través del sistema<br /> nacional de cofinanciación apropiaciones presupuestales hasta por la suma<br /> de mil doscientos millones de pesos ($1.200.000.000), que permitan la<br /> ejecución de las siguientes obras de infraestructura en el municipio de<br /> Mariquita en el departamento del Tolima.<br /> . Reconstrucción y modernización de la bocatoma, red de conducción, planta<br /> de tratamiento, red de distribución y tanques de almacenamiento, del<br /> acueducto de la zona urbana de Mariquita.<br /> Artículo 3°. El Gobierno Nacional queda facultado para realizar las<br /> operaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente<br /> ley.<br /> Artículo 4°. Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> Fabio Valencia Cossio.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Manuel Enríquez Rosero.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Emilio Martínez Rosales.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Gustavo Bustamante Moratto.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAI.<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 1999.<br /> ANDRES PASTRANA ARANGO<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> Juan Camilo Restrepo Salazar.<br /> El Ministro de Salud,<br /> Virgilio Galvis Ramírez.