Ley 571 De 2000 Monumento Nacional Basilica Los Milagros San Benito
(febrero 3)
DIARIO OFICIAL NO. 43.877, DE 03 DE FEBRERO DE 2000. PAG. 1
por medio de la cual se declara Monumento Nacional la "Basílica Menor del
Señor de los Milagros", del municipio de San Benito Abad, departamento de
Sucre.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Declárase Monumento Nacional la "Basílica Menor del Señor de
los
Milagros", ubicada en el municipio de San Benito Abad, en el departamento
de
Sucre.
Artículo 2°. Este templo como Monumento Nacional será objeto de especial
cuidado y conservación por parte de la administración local, departamental
y
nacional; para lo cual en sus respectivos presupuestos anuales, el Gobierno
está facultado para asignar partidas presupuestales para su mantenimiento y
conservación.
Artículo 3°. Las partidas asignadas por el departamento de Sucre y por la
Nación con el propósito de mantener y conservar la referida Basílica serán
remitidas al municipio de San Benito Abad, que es la entidad encargada de
los
cuidados de dicho Monumento Nacional.
Artículo 4°. Ordena la colocación de una placa de mármol en el frente de
dicho
templo en la que se indique el número y fecha de la ley, que declara
Monumento
Nacional esta Basílica y los nombres del autor de la presente ley, así como
los
de los fundadores y gestores del mencionado templo.
Artículo 5°. En los eventos en los que fuere necesaria la realización de
obras
civiles de reconstrucción que impliquen cambios o modificaciones en la
estructura interna o externa de la Basílica del Señor de los Milagros de
San
Benito Abad, estas sólo podrán realizarse previa obtención de autorización
expresa ante la Diócesis de Sincelejo.
Artículo 6°. La presente ley rige a partir de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Miguel Pinedo Vidal.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Manuel Enríquez Rosero.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Armando Pomárico Ramos.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Gustavo Bustamante Moratto.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de febrero de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Cultura,
Juan Luis Mejía Arango.