Ley 603 De 2000
(julio 27)
DIARIO OFICIAL NO. 44.108, DE 31 DE JULIO DE 2000. PAG. 3
por la cual se modifica el artículo 47 de la Ley 222 de 1995.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 47 de la Ley 222 de 1995, quedará así:
"Artículo 47. Informe de gestión. El informe de gestión deberá contener una
exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación
económica, administrativa y jurídica de la sociedad.
El informe deberá incluir igualmente indicaciones sobre:
1. Los acontecimientos importantes acaecidos después del ejercicio.
2. La evolución previsible de la sociedad.
3. Las operaciones celebradas con los socios y con los administradores.
4. El estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y
derechos de autor por parte de la sociedad.
El informe deberá ser aprobado por la mayoría de votos de quienes deban
presentarlo. A él se adjuntarán las explicaciones o salvedades de quienes
no lo compartieren".
Artículo 2°. Las autoridades tributarias colombianas podrán verificar el
estado de cumplimiento de las normas sobre derechos de autor por parte de
las sociedades para impedir que, a través de su violación, también se
evadan tributos.
Artículo 3°. Esta ley rige a partir de su publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Miguel Pinedo Vidal.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Manuel Enríquez Rosero.
La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Gustavo Bustamante Moratto.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 27 de julio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Augusto Ramírez Ocampo.