Ley 668 De 2001
(julio 30)
DIARIO OFICIAL NO. 44.503, DE 30 DE JULIO DE 2001. PAG. 82
por medio de la cual se declara anualmente el 18 de agosto como Día
Nacional de la Lucha Contra la Corrupción.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Declárese el día 18 de agosto como Día Nacional de la Lucha
Contra la Corrupción.
ARTÍCULO 2o. Anualmente, el día 18 de agosto, el Gobierno Nacional llevará
a cabo una campaña de sensibilización y difusión de los valores éticos que
deben inspirar la transformación moral de la República, recordando la lucha
ejemplar que en defensa de los intereses del país y en contra de la
corrupción efectuó el doctor Luis Carlos Galán Sarmiento.
ARTÍCULO 3o. El Congreso de la República de Colombia, crea la "Medalla Luis
Carlos Galán de Lucha Contra la Corrupción", con su nombre y efigie
impresos en alto relieve, que deberá entregarse el día 18 de agosto de cada
año, previa selección realizada en sesión conjunta de las Comisiones de
Etica del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, a la
persona natural o jurídica que haya trabajado de manera ejemplar en la
lucha contra la corrupción.
ARTÍCULO 4o. El Congreso de la República de Colombia crea la "Medalla Pedro
Pascasio Martínez de Etica Republicana", con el nombre y la efigie del niño
soldado, que deberá entregarse el día 18 de agosto de cada año, previa
selección realizada en sesión conjunta de las Comisiones de Etica de Senado
de la República y de la Cámara de Representantes, a un colombiano o
colombiana, menor de 25 años que, a través de iniciativas individuales o
colectivas, haya trabajado en la recuperación de los valores éticos
ciudadanos que conduzcan a la prevención de la corrupción.
ARTÍCULO 5o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
MARIO URIBE ESCOBAR.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
BASILIO VILLAMIZAR TRUJILLO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
ANGELINO LIZCANO RIVERA.
REPUBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro del Interior,
ARMANDO ESTRADA VILLA.