Ley 713 De 2001
(diciembre 13)
DIARIO OFICIAL NO. 44.651, DE 19 DE DICIEMBRE DE 2001. PAG. 1
Por la cual se honra la memoria y obra política del ilustre colombiano
Augusto Ramírez Moreno.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. La República de Colombia honra la memoria y la obra política
del ilustre colombiano Augusto Ramírez Moreno y exalta su vida como
testimonio permanente de altivez, de rectitud moral y de bondad humana, al
cumplirse los cien años de su nacimiento, el día 23 de noviembre del año
2000.
ARTÍCULO 2o. Se colocará, en la antesala del Salón Elíptico del Capitolio
Nacional, un retrato al óleo suyo, y una placa con la siguiente
inscripción:
"Un político no es sino una gran inteligencia al servicio de un ideal más
grande todavía. Hay quienes creen que el político es un fino mentiroso, un
embustero perfeccionado, que político es el que engaña y el que se
desacredita por desleal consigo mismo y con los otros. La política y la
mentira nada tienen en común. Un político es el hombre que tiene don
profético, claridad de propósitos y voluntad impertérrita para lograrlos".
AUGUSTO RAMIREZ MORENO (1900-1974)
ARTÍCULO 3o. Autorízase al Gobierno Nacional para hacer la respectiva
asignación presupuestal, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley.
ARTÍCULO 4o. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
CARLOS GARCÍA ORJUELA.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
GUILLERMO GAVIRIA ZAPATA.
El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,
ANGELINO LIZCANO RIVERA.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédit o Público,
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.
La Ministra de Cultura,
ARACELI MORALES LÓPEZ.