Ley 910 De 2004
( Octubre 01 )
DIARO OFICIAL. No. 45.691. 04. OCTUBRE. 2004. PAG. 1
por la cual la Nación se asocia a los 128 años de fundación del municipio
de Puerto Berrío, departamento de Antioquia.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. La Nación se vincula a la conmemoración de los ciento
veintiocho (128) años de fundación del municipio de Puerto Berrío,
departamento de Antioqu ia, que se cumplen el primero de septiembre de
2003.
Artículo 2º. Exaltar el empuje y tesón por lograr el desarrollo económico
de la ciudad y su reconocimiento a su valioso aporte al progreso e
integración de la comunidad antioqueña.
Artículo 3º. El Congreso de la República rendirá honores a la población
del municipio de Puerto Berrío (departamento de Antioquia), mediante placa
que será impuesta en acto solemne con la participación de todas las
autoridades municipales.
Artículo 4º. La presente ley rige a partir de la fecha de su
promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Luis Humberto Gómez Gallo.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,
Zulema Jattin Corrales.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Angelino Lizcano Rivera.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1º de octubre de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA,
Sabas Pretelt de la Vega.