Ley 928 De 2004

Descargar el documento

LEY 928 DE 2004<br /> (Diciembre 30)<br /> DIARIO OFICIAL. No. 45.777 - 30 Diciembre 2004. Pag. 83<br /> por la cual se deroga la Ley 103 de 1912 y se dictan otras disposiciones.<br /> El Congreso de Colombia<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1°. Artículo 1°. Objetivo. Derógase la Ley 103 de 1912, "por la<br /> cual se aclara el sentido de algunas disposiciones sobre pensiones y<br /> recompensas y las Leyes 102 de 1927, 107 de 1928 y 45 de 1931, en cuanto se<br /> relacionen con la asimilación de servicios prestados por personal civil de<br /> las bandas de músicos del Ejército Nacional a servicios militares y demás<br /> normas que sobre la materia se hayan proferido con posterioridad para su<br /> aclaración, adición, desarrollo o aplicación".<br /> Artículo 6°. La presente ley rige a partir de la fecha de su<br /> promulgación.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> Luis Humberto Gómez Gallo.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Emilio Ramón Otero Dajud.<br /> La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Zulema Jattin Corrales.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Angelino Lizcano Rivera.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA<br /> GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y cúmplase.<br /> Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2004.<br /> ÁLVARO URIBE VÉLEZ<br /> EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,<br /> Jorge Alberto Uribe Echavarría.