Ley 932 De 2004

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LEY 932<br /> (Diciembre 30)<br /> DIARIO OFICIAL. No. 45.777. 30 Diciembre, 2004. PAG. 84<br /> por la cual desarrollan los artículos 50 y 54 de la Ley 397 de 1997 y se<br /> crean incentivos a las donaciones y contribuciones de mecenazgo para<br /> fomentar el incremento de las colecciones para el funcionamiento y<br /> desarrollo de los museos públicos y privados.<br /> El Congreso de Colombia<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1°. Con el objeto de promover lo dispuesto por los artículos 50<br /> y 54 de la Ley 397, el Gobierno Nacional, Ministerio de Cultura-Unidad<br /> Administrativa Especial Museo Nacional y las entidades públicas competentes<br /> del sector cultural del orden departamental, distrital o municipal, quedan<br /> facultadas para recibir en donación bienes muebles e inmuebles, obras de<br /> arte y colecciones de arte, con destino a fomentar el incremento de las<br /> colecciones para el funcionamiento y desarrollo de los museos públicos y<br /> privados.<br /> Artículo 2°. Los instrumentos públicos y documentos privados, que se<br /> otorguen o acepten en el país, o que se otorguen fuera del país pero que se<br /> ejecuten en el territorio nacional, en los que se haga constar donación de<br /> bienes muebles e inmuebles con destino a los museos públicos del orden<br /> nacional, departamental, distrital o municipal y privados del país, por<br /> parte de personas naturales o jurídicas, no causará el impuesto de timbre<br /> nacional.<br /> Artículo 3°. La presente ley rige a partir de su promulgación.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> Luis Humberto Gómez Gallo.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Emilio Ramón Otero Dajud.<br /> La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Zulema Jattin Corrales.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Angelino Lizcano Rivera.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA<br /> GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y cúmplase.<br /> Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2004.<br /> ÁLVARO URIBE VÉLEZ< /o:p><br /> LA MINISTRA DE CULTURA,<br /> María Consuelo Araújo Castro.