Ley 957 De 2005

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LEY 957 DE 2005<br /> (JUNIO 20)<br /> DIARIO OFICIAL. No. 45.946 - 21 JUNIO 2005. Pag. 1<br /> por la cual se declara patrimonio cultural de la Nación el "Concurso<br /> Nacional del Bambuco Luis Carlos González", y se dictan otras disposiciones<br /> El Congreso de Colombia<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1º. Declárese patrimonio cultural de la Nación el "Concurso<br /> Nacional del Bambuco Luis Carlos González", que anualmente se realiza en la<br /> ciudad de Pereira, departamento de Risaralda.<br /> Artículo 2º. Autorízase al Gobierno Nacional para que a través del<br /> Ministerio de Cultura y el Ministerio de Relaciones Exteriores, participe<br /> en el desarrollo, organización y la modernización del Concurso Nacional del<br /> Bambuco en los siguientes aspectos:<br /> a) Promoción del Concurso Nacional del Bambuco, en el ámbito nacional e<br /> internacional, a través de los medios de comunicación, expresa o escrita<br /> del Estado y con aquellos que el Ministerio tenga acuerdos suscritos en el<br /> exterior;<br /> b) Programas de cooperación para los intercambios.<br /> Artículo 3º. La presente ley rige a partir de su publicación.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República,<br /> Luis Humberto Gómez Gallo.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Emilio Ramón Otero Dajud.<br /> La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Zulema del Carmen Jattin Corrales.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Angelino Lizcano Rivera.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y cúmplase.<br /> Dada en Bogotá, D. C., a 20 de junio de 2005.<br /> ÁLVARO URIBE VÉLEZ<br /> LA MINISTRA DE CULTURA,<br /> María Consuelo Araújo Castro.